Medida de bioseguridad garantiza el distanciamiento entre los usuarios y reduce el riesgo de contagio de la COVID-19.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) reiteró a las empresas de transporte interprovincial que es obligatoria la implementación y uso de cortinas de polietileno u otro material análogo que contribuyan al aislamiento entre asientos del bus, con el objetivo de evitar la propagación de la COVID-19.
El ente fiscalizador precisó que en las provincias con nivel de alerta extremo y muy alto, la medida es obligatoria para todas las unidades de transporte, ya sea que operen con el 50% o 100% de su aforo o si el viaje dura menos o más de cinco horas.
"El incumplimiento de esta medida -calificada como muy grave- tiene como consecuencia para el transportista, la imposición de una multa de S/2 200 (0.5 de una UIT), la interrupción del viaje, retención, internamiento preventivo del vehículo, y/o la suspensión precautoria de la habilitación vehicular", señaló la Sutran en un comunicado.
EXHORTACIÓN
De igual manera, de acuerdo con la entidad, el conductor de la unidad es pasible de recibir una multa de S/ 440 (0.1 UIT) y la retención de su licencia de conducir por incumplir con lo antes dispuesto.
La Sutran hizo un llamado a todos los usuarios del transporte interprovincial para que respeten las medidas de bioseguridad durante todo su trayecto, a fin de frenar el avance de la COVID-19.
Remarcó que el uso de mascarillas y protector facial, así como la presentación de la Declaración Jurada de Salud, continúan siendo obligatorias a nivel nacional para todos los viajes en el interior del país.
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