El Tribunal Constitucional sentenció que el Municipio Provincial de San Pablo no tiene las facultades para declarar áreas protegidas a las lagunas del Alto Perú.
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió por mayoría declarar fundada la demanda de amparo, recaída en el Expediente 03932-2015-PA/TC, presentada por Minera Yanacocha SRL contra la Municipalidad Provincial de San Pablo ubicada en la Región Cajamarca.
A través de su demanda, la minera solicitó la inaplicación de la Ordenanza 001-2007-MPSP (Municipalidad Provincial de San Pablo), que creó Áreas de Protección Ambiental Municipal en los lugares denominados Las Lagunas y Pozo Seco.
Por su parte el gobernador regional de Cajamarca, Porfirio Medina Vásquez, mostró su disconformidad con el fallo del Tribunal Constitucional que declara fundada la demanda de amparo a favor de la minera que solicitó la inaplicabilidad de la Ordenanza Municipal 001-2007.
El gobernador se pronunció a través de un comunicado, donse señala que “desgraciadamente en nuestro país, los intereses del gran capital se impone por sobre los intereses sociales y ambientales. Más allá del pronunciamiento del Tribunal Constitucional, la población cajamarquina deberá cerrar filas en defensa de las Lagunas de Alto Perú, para que este espacio de recarga hídrica se conserve de manera natural”.
A través de un comunicado la empresa Yanacocha aclaró que en la zona de las lagunas de Alto Perú no existen planes para desarrollar algún proyecto minero de exploración o explotación y que no ha gestionado permiso alguno para realizar actividad minera en la zona.
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