En segunda instancia, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ganó proceso civil a Municipalidad de Chiclayo.
La Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque declaró improcedente la demanda de amparo presentada por la municipalidad de Chiclayo en contra del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el ingreso del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTTAS) a EPSEL S.A.
El fallo ratifica la legalidad de OTTAS, que seguirá alfrente de la empresa de Saneamiento bajo el Régimen de Apoyo Transitorio.
Funcionarios de la Epsel indicaron que OTASS seguirá asumiendo y cumpliendo las funciones de acuerdo a los señalado en el Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA
Instancias judiciales agotadas
Como se recuerda el pasado 12 de julio del 2017 el alcalde, David Cornejo Chinguel, alegando vulneración y afectación a los derechos constitucionales, interpuso una demanda de amparo con la finalidad de dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 262-2017-VIVIENDA, mediante la cual se declaraba el inicio del Régimen de Apoyo Transitorio en EPSEL S.A.
En primera instancia el Tercer Juzgado Civil declaró improcedente el pedido de la autoridad edil y este apeló a la Sala Civil, luego de siete meses la Sala Civil confirma la sentencia en primera instancia y por consiguiente rechazó el pedido de la autoridad municipal.
Días atrás el alcalde mostró su confianza en que el fallo judicial se revolvería a su favor; sin embargo, tras este nuevo revés,el Alcalde David Cornejo anunció que seguirán peleando en la vía legal.
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