Mediante la Resolución N° 6 la Primera Sala de Apelaciones de la Corte Superior de Lambayeque indica que las resoluciones 29, 30 y 31 son totalmente nulas
La Primera Sala de apelaciones de la Corte de Justicia de Lambayeque resolvió en el ítem 11.4 de la Resolución N° 6, que las resoluciones 29, 30 y 31, esta última suscrita por la juez suplente María Vasquez Vasquez, han lesionado el derecho de defensa de los procesados y por tanto debe declaró la nulidad absoluta de las mencionadas resoluciones, por una clara inobservancia del contenido esencial de los derechos y garantías previstos por la constitución, de conformidad con el artículo 150 d) del Código Procesal Penal.
El abogado del empresario Edwin Oviedo, José Carlos Isla, explicó que habiendo la Sala de Apelaciones acreditado objetivamente la grave vulneración del derecho de defensa de los procesados, en representación de su defendido, formuló un pedido de recusación contra dicha Jueza Vásquez Vásquez.
La defensa del empresario solicitó que la referida jueza se aparte del conocimiento del presente proceso, quién además convocó a una nueva audiencia de desacumulación para mañana viernes 4 de mayo a pedido del fiscal Juan Carrasco Millones, pese a que la Sala de Apelaciones le anuló su primer intento.
Isla remarcó que dicha actuación, pone en duda la imparcialidad de la jueza, pues vulneró derechos fundamentales como es el derecho a la defensa y podría volver a incurrir en nuevos agravios al tener un juicio formado al respecto..
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