El Tribunal Constitucional declaró improcedente la demanda de amparo que, vía recurso de agravio constitucional, interpusieron los apoderados de la Concesionaria Transvase Olmos S.A.
El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente la demanda de amparo que, vía recurso de agravio constitucional, interpusieron los apoderados de la Concesionaria Transvase Olmos S.A. contra la resolución de una Sala Superior de la Corte de Lima en un proceso seguido por Concesionaria Transvase Olmos S.A. contra el Gobierno Regional de Lambayeque.
Así esta empresa con una importante participación de Odebrecht, buscaba reclamar el pago de varios millones de dólares por supuestos sobrecostos en las obras del túnel trasandino. El TC considera que la resolución judicial que pretende ser impugnada por el demandante está suficientemente motivada.
En este caso, si la anulación de los informes periciales y de un laudo fueron desestimados de manera correcta y definitiva por la judicatura ordinaria, no puede intentar revertirse esa decisión mediante proceso de amparo.
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