Para el Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, el internamiento preventivo solo se debe aplicar cuando hay posibilidad de fuga y peligro de entorpecimiento del proceso por parte del inculpado.
El Defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, dijo que contraviene lo dispuesto en el Código del Niño y Adolescente, la orden de internamiento preventivo de dos meses interpuesta al menor que manipuló un arma de fuego y provocó accidentalmente la muerte de uno de sus compañeros en su colegio en Villa El Salvador el último martes.
Explicó que el Código del Niño y Adolescente, establece en su artículo 209, que el internamiento preventivo cabe solo cuando existan elementos que permitan afirmar la posibilidad de la responsabilidad del menor como posibilidad de fuga y peligro de entorpecimiento del proceso por el inculpado. “Los dos últimos supuestos no se dan”, destacó.
Gutiérrez Camacho detalló que “el internamiento preventivo regulado en dicho Código, equivale a una orden de prisión preventiva en el caso de adultos”. Por ello, insistió en que el uso debe ajustarse a la ley y cumplir con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la cual el Perú es miembro.
La Defensoría del Pueblo consideró que la medida aplicada al adolescente es severa y aseguró que en el sistema penal juvenil hay graves contradicciones en el uso del internamiento preventivo. Citó como ejemplo, los robos a mano armada cometidos por menores de edad, casos en los cuales no se emplea esta medida.
Investigaciones policiales
Las primeras investigaciones de la Policía Nacional sobre el hecho ocurrido en el colegio Trilce de Villa El Salvador, donde murió un escolar y otro quedó herido sostienen que el menor que manipuló el arma de fuego solo realizó un disparo y que presumiblemente se produjo un rebote.
El jefe de la Región Policial Lima, general Mario Arata, declaró a RPP Noticias lo siguiente: “La misma bala, que le impactó al adolescente que falleció, salió del cuerpo y rozó al otro menor a causa de un posible rebote. Esta es la primera información que hemos recibido”.
Un Juzgado de Familia dictó dos meses de internamiento preventivo para el escolar de quinto año de secundaria y dispuso su internamiento al centro juvenil 'Maranguita'.
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