Pleno aprobó por unanimidad iniciativa presentada por el Ejecutivo para evitar que sentenciados por terrorismo en situación de libertad condicional accedan a ese beneficio.
El pleno del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo que impide conceder a sentenciados por terrorismo en situación de libertad condicional, permisos para viajar al extranjero.
La iniciativa modifica la única disposición transitoria de la Ley 29423, que regula la ejecución penal en materia de delito de terrorismo.
El texto final establece que para los sentenciados por dicho ilícito que ya gozan de beneficios penitenciarios “queda prohibido el levantamiento de impedimento de salida del país”.
Asimismo, señala que dicho beneficio no podrá ser extendido “ni siquiera en vía de permiso temporal”.
“Dicha prohibición caduca al cumplimiento de la totalidad de la condena impuesta”, se agrega en el texto.
El presidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Alberto Beingolea, señaló que esta norma responde a la necesidad de aclarar un punto que ya estaba definido, pero que a la luz de recientes decisiones judiciales, parecía todavía ser objeto de interpretación por parte de ciertos magistrados.
La iniciativa fue elaborada por el Ejecutivo tras la polémica generada a raíz de los permisos otorgados a los condenados por terrorismo Lori Berenson y Lautaro Mellado, quienes cumplen sentencia en libertad condicional, para viajar a Estados Unidos y Chile, respectivamente.
Durante el debate, la congresista Martha Chávez consideró necesario precisar que este impedimento abarca tanto a los sentenciados por terrorismo que ya gozan de beneficios penitenciarios, como a aquellos que en el futuro resulten condenados por dicho ilícito.
Finalmente, tanto ella como los demás integrantes de su bancada presentes en la sesión votaron por el texto inicialmente propuesto por el Poder Ejecutivo.
El proyecto de ley fue discutido directamente en el pleno, ya que se le exoneró del trámite de pasar por comisiones. Asimismo, se le exoneró de la segunda votación que debía darse al respecto en el plenario, con lo cual quedó expedito para su pronta promulgación por parte del gobierno central.
ANDINA
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