Antes fue inhabilitado para el ejercicio de la función pública, hasta por 2 años, acusado de haber enviado a diputados chilenos un video que generó un impasse con ese país.
El Parlamento oficializó hoy la vacancia del cargo de congresista que ejercía Gustavo Espinoza Soto, quien fuera inhabilitado el pasado 2 de diciembre para el ejercicio de la función pública, hasta por dos años, por infracción a la Constitución en sus artículos 38 y 44.
Mediante Resolución publicada en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, el Legislativo oficia al Jurado Nacional de Elecciones para que emita la credencial correspondiente al accesitario expedito con el fin de que sea incorporado al Congreso de la República.
La accesitaria, en este caso, sería Francis María Eugenia Tejada Segarla de las filas de la agrupación Unión Por el Perú (UPP).
Cabe recordar que Espinoza Soto fue acusado de haber enviado a 50 diputados y senadores chilenos una grabación en la que se veía al ex jefe del Ejército Edwin Donayre en una reunión privada haciendo alusión a Chile, hecho que generó un impasse con el vecino país del sur.
El artículo 38 de la Constitución señala los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y proteger los intereses nacionales; y el 44, que son deberes del Estado defender la soberanía nacional.
Andina
Mediante Resolución publicada en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano, el Legislativo oficia al Jurado Nacional de Elecciones para que emita la credencial correspondiente al accesitario expedito con el fin de que sea incorporado al Congreso de la República.
La accesitaria, en este caso, sería Francis María Eugenia Tejada Segarla de las filas de la agrupación Unión Por el Perú (UPP).
Cabe recordar que Espinoza Soto fue acusado de haber enviado a 50 diputados y senadores chilenos una grabación en la que se veía al ex jefe del Ejército Edwin Donayre en una reunión privada haciendo alusión a Chile, hecho que generó un impasse con el vecino país del sur.
El artículo 38 de la Constitución señala los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y proteger los intereses nacionales; y el 44, que son deberes del Estado defender la soberanía nacional.
Andina
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