El monto de S/. 81 mil millones 857 millones 278 mil 697, comprende los créditos presupuestarios correspondientes al gobierno nacional, gobiernos regionales y locales.
El Ejecutivo promulgó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 por el monto de 81 mil millones 857 millones 278 mil 697 nuevos soles.
Este monto comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales, agrupados en Gobierno Central e Instancias Descentralizadas.
Sobre el gasto en ingresos de personal, se prohíbe a las entidades de los tres niveles de gobierno el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos y beneficios de toda índole, cualquiera sea la forma.
Entre otras disposiciones, se establece además medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto público.
Asimismo se dispone a nivel de Gobierno Nacional el proceso de compras corporativas obligatorias en bienes y servicios, el cual estará a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en tanto se implemente la central de compras públicas.
Se autoriza transferir 20 millones de soles de la reserva de contingencia a favor del Gobierno Regional de Apurímac para la ejecución de proyectos de inversión pública en educación, salud, electrificación rural, entre otros.
Respecto al periodo vacacional, se establece 30 días de descanso para el 75 por ciento del personal del sector público, en el período que se iniciará el 1 de febrero.
La ley ha sido publicada en el cuaderno de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Está firmada por el presidente de la República, Alan García Pérez; el titular del Gabinete, Javier Velásquez Quesquén
También por el presidente del Congreso, Luis Alva Castro; y la primera vicepresidenta, Cecilia Chacón.
Este monto comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales, agrupados en Gobierno Central e Instancias Descentralizadas.
Sobre el gasto en ingresos de personal, se prohíbe a las entidades de los tres niveles de gobierno el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos y beneficios de toda índole, cualquiera sea la forma.
Entre otras disposiciones, se establece además medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto público.
Asimismo se dispone a nivel de Gobierno Nacional el proceso de compras corporativas obligatorias en bienes y servicios, el cual estará a cargo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, en tanto se implemente la central de compras públicas.
Se autoriza transferir 20 millones de soles de la reserva de contingencia a favor del Gobierno Regional de Apurímac para la ejecución de proyectos de inversión pública en educación, salud, electrificación rural, entre otros.
Respecto al periodo vacacional, se establece 30 días de descanso para el 75 por ciento del personal del sector público, en el período que se iniciará el 1 de febrero.
La ley ha sido publicada en el cuaderno de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
Está firmada por el presidente de la República, Alan García Pérez; el titular del Gabinete, Javier Velásquez Quesquén
También por el presidente del Congreso, Luis Alva Castro; y la primera vicepresidenta, Cecilia Chacón.
Comparte esta noticia