La legislación electoral establece una serie de restricciones a fin de asegurar el correcto desarrollo de las votaciones regionales y municipales del 2022.
A fin de asegurar el correcto desarrollo de las votaciones regionales y municipales del 2022, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) informó que desde las 00:00 horas de este lunes 26 de septiembre está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).
En una entrevista con el programa Todo se sabe de RPP, el especialista en derecho electoral, José Tello, consideró que esta norma, que proviene de la Ley Orgánica de Elecciones de los años noventa, es "anacrónica" y merece una "revisión".
"Actualmente, la información (en referencia a las encuestas) se puede pedir en el extranjero sin ningún problema y se puede tener una lectura de cómo va la elección metropolitana. Y allá se pueden publicar y, como todo es ciberespacio, eso, en tiempo real, estaría difundiéndose", dijo.
El experto explicó que esta restricción imposibilita a la ciudadanía a tener un voto estratégico. Por ejemplo, conocer 48 horas antes de los comicios cómo van las preferencias electorales, podría ayudar a que el "voto indeciso se movilice hacia una determinada candidatura".
"Lo ideal es que este voto estratégico genere una aglomeración tras una determinada candidatura o candidaturas y genere mayor concentración de votación", expresó.
José Tello indicó también que desde las 00:00 horas del viernes 30 también estará prohibida la realización de reuniones o manifestaciones de carácter político. De acuerdo con el JNE, la vulneración de esta normativa se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
En tanto, todo tipo de propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 1 de octubre, añadió el especialista en derecho electoral. Ello comprende la participación de los candidatos en los medios de comunicación. Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 (138,000 soles) y 100 UIT (446,000 soles) o una pena de prisión no menor de dos años.
Ley seca por elecciones
Por otro lado, desde las 8:00 horas del sábado 1 está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas, lo cual se extiende hasta las 8:00 horas del lunes 3 de octubre.
El JNE indicó que el incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
Finalmente, el domingo 2 de octubre, día del sufragio, entre las 7:00 y 17:00 horas no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
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