Ejecutivo pretende alentar el regreso de peruanos del exterior para que contribuyan a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria.
Los emigrantes peruanos que quieran regresar a su país para ejercer actividades empresariales estarán exentos de pagar impuestos cuando internen ciertos bienes en Perú, según una Ley publicada hoy en la gaceta oficial del Estado.
Sin embargo, los beneficios contemplados en el restablecimiento de la Ley de incentivos migratorios no entrarán en vigor hasta que se publique el reglamento correspondiente en los próximos 60 días.
Con esta norma el Ejecutivo pretende alentar el regreso de peruanos del exterior para que contribuyan a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria, aunque serán excluidos quienes vuelvan para trabajar como empleados.
Los peruanos residentes en el extranjero deberán demostrar que han permanecido fuera del país menos de cinco años antes de presentar su solicitud, así como manifestar por escrito su interés por retornar al país y acogerse a la norma.
De esta forma no pagarán impuestos por internar bienes de menaje del hogar de hasta un máximo de 30.000 dólares, o un vehículo automotor de igual valor.
También estarán liberados de pagar tributos por instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes con los que desempeñen su profesión, oficio o actividad empresarial, por un máximo de 100.000 dólares.
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat, ente recaudador de impuestos) se encargará de supervisar el cumplimiento de la ley, cuyos beneficios tendrán una vigencia de cinco años a partir de la fecha de su reglamentación.
Esta norma, que restablece una anteriormente publicada en 2004, incluye que el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá difundir los beneficios otorgados por la ley a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados.
-EFE
Sin embargo, los beneficios contemplados en el restablecimiento de la Ley de incentivos migratorios no entrarán en vigor hasta que se publique el reglamento correspondiente en los próximos 60 días.
Con esta norma el Ejecutivo pretende alentar el regreso de peruanos del exterior para que contribuyan a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria, aunque serán excluidos quienes vuelvan para trabajar como empleados.
Los peruanos residentes en el extranjero deberán demostrar que han permanecido fuera del país menos de cinco años antes de presentar su solicitud, así como manifestar por escrito su interés por retornar al país y acogerse a la norma.
De esta forma no pagarán impuestos por internar bienes de menaje del hogar de hasta un máximo de 30.000 dólares, o un vehículo automotor de igual valor.
También estarán liberados de pagar tributos por instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes con los que desempeñen su profesión, oficio o actividad empresarial, por un máximo de 100.000 dólares.
Asimismo, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat, ente recaudador de impuestos) se encargará de supervisar el cumplimiento de la ley, cuyos beneficios tendrán una vigencia de cinco años a partir de la fecha de su reglamentación.
Esta norma, que restablece una anteriormente publicada en 2004, incluye que el Ministerio de Relaciones Exteriores deberá difundir los beneficios otorgados por la ley a través de sus delegaciones diplomáticas, embajadas y consulados.
-EFE
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