El Ministerio Público, afirmó que la demanda de perdida de dominio contra el exoperador montesinista no ha sido archivada, tal como han informado diversas publicaciones periodísticas.
El Ministerio Público, afirmó que la demanda de perdida de dominio contra el exoperador montesinista, Oscar López Meneses, no ha sido archivada, tal como han informado diversas publicaciones periodísticas.
A través de un comunicado, aclaran que el Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a cargo de la doctora Janny Sánchez, no archivó la solicitud realizada por la Procuraduría Pública de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio (PPLAPD).
Esta entidad solicitó la Pérdida de Dominio de los inmuebles de propiedad de Óscar López Meneses.
El documento indica que dicha solicitud ha sido derivada a la 39 Fiscalía Provincial Penal de Lima, "debido a que esta fiscalía tiene una investigación en curso contra Óscar López Meneses por el delito de Lavado de Activos respecto a los inmuebles cuya Pérdida de Dominio se solicita"
"Esta disposición se efectuó en cumplimiento al Decreto Legislativo No. 1104 en su artículo 10.1, en la que señala que cuando exista un proceso penal o investigación abierta, el llamado a conocer dicha solicitud de Pérdida de Dominio es el juez o fiscal que está conduciendo el proceso", puntualiza el comunicado.
Asimismo, señala que la resolución de la fiscal anticorrupción que deriva la investigación a la 39 Fiscalía Provincial Penal de Lima fue notificada a la PPLAPD el miércoles 8 de enero de 2014.
"En ese sentido, la información que indica que el viernes 31 de enero se dio a conocer esta resolución, es falsa", dice el escrito.
"Cabe precisar, que la resolución que deriva la solicitud de Pérdida de Dominio a la 39 Fiscalía Provincial Penal de Lima, tampoco señala que la investigación de uno de los predios de López Meneses, ubicado en Cañete, sea conducida por una fiscalía de dicho distrito fiscal", agrega.
Finalmente, el comunicado afirma que el Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Penal Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios notificó a la PPLAPD el 16 de enero de 2014, "la disposición emitida por esta fiscalía en la que declaro improcedente el requerimiento de elevar los actuados a la Fiscalía Superior respectiva"
Cabe indicar que según el Ministerio de Justicia, el delito de pérdida de dominio se sustenta en el principio de que los agentes del delito no tienen derecho real alguno sobre los bienes o activos integrantes de “patrimonios criminales”.
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