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Fiscalía puede investigar a Castillo por presunto plagio de tesis, asegura abogado penalista

Abogado penalista Andy Carrión, en RPP
Abogado penalista Andy Carrión, en RPP | Fuente: RPP

El abogado Andy Carrión consideró también que la Fiscalía debe determinar si el eventual delito de plagio ya prescribió, porque “han transcurrido 9 años”, y el plazo máximo de pena es de 8.

El abogado penalista, Andy Carrión, en diálogo con RPP, consideró que en la investigación que está llevando a cabo la Fiscalía por el presunto delito de plagio que habría cometido el presidente de la República, Pedro Castillo, en su tesis de maestría, él no está “premunido del estatus presidencial” porque el hecho se cometió “cuando no era Presidente”.

“Él no está premunido ahora del estatus presidencial para que lo investigue el Fiscal de la Nación puesto que los hechos se han cometido cuando él no era Presidente y, es por ello, que lo está llevando adelante una fiscalía provincial, así como se llevó en su oportunidad la investigación en el caso de Vizcarra”, explicó Carrión.

Sin embargo, señaló que, en la investigación por los delitos de “plagio y falsedad genérica”, el Ministerio Público debe determinar también si ya habrían prescrito los supuestos actos ilícitos cometidos.

“En el marco de la presentación del caso, desde la fecha en que supuestamente se cometió el delito de plagio hasta el día de hoy, ya han transcurrido 9 años, y el plazo máximo de pena […] para este tipo de delitos es de 8 años […] La fiscalía va a tener […] que dilucidar si estas conductas de la pareja presidencial han prescrito o no”, refirió.

Además, el abogado consideró que la fiscalía “tiene buenos indicios” para llevar “a buen puerto” la investigación y que esto implicará el análisis de todos los elementos involucrados en el caso.

“Lo que tiene que hacer la fiscalía es recabar la declaración de los principales implicados, entre ellos la declaración del propio presidente Castillo, la declaración de su esposa y también la declaración de su asesor de tesis. Además de tratar de ubicar a estas personas supuestamente inexistentes para que también puedan brindar su versión sobre la asesoría y supervisión de la tesis que, en su momento, debieron haber aplicado”, explicó.

Investigación breve

Por otro lado, Carrión consideró que la investigación “no debería tomar muchos meses” puesto que el caso “no reviste mucha complejidad”. Sin embargo, consideró que “la prueba madre” no sería el análisis de la tesis realizado con el software Turnitin.

“No es la prueba madre […] el análisis de la tesis [con el] software Turnitin, sino que, además, la fiscalía debería convocar a un especialista en la materia en la que se escribió para que pueda dar validez o no a lo que, en su oportunidad, supuestamente, se atribuyó el Presidente y su esposa respecto a ideas de terceros”, señaló.

También explicó que determinar la existencia de los asesores de tesis del presidente Castillo sería “lo más sencillo” del trabajo de investigación fiscal, pues solo requeriría contrastar con la información del Reniec, y, de existir, citarlos para que rindan sus declaraciones.

Defraudación al Estado

Sobre una eventual acusación por defraudación al Estado, el abogado Carrión consideró que deberían investigarse “las consecuencias” que habría tenido la tesis para “mejorar el estatus magisterial” del presidente Castillo.

“Habría que ver si, por ejemplo, él postuló, con una documentación de origen delictivo, a un mejoramiento en la carrera magisterial. Y eso tendría que hacerse dependiendo de la institución donde la ha presentado, por ejemplo, el Minedu […] Y quien tendría que actuar en este caso serían los propios procuradores. Es decir, quienes velan por el interés del propio Minedu”, señaló.

Sin embargo, precisó que los delitos que ahora viene investigando la Fiscalía “no necesariamente” originan “una mejor remuneración […] respecto a la calificación que obtuvo como grado de magíster en la carrera magisterial”.

“Eso, por ahora, debería estar relegado al ámbito administrativo […] La misma universidad tendría que validar o no la tesis y reconocerle o no. Así como en el ámbito administrativo investigar si defraudó el propio Presidente a la institución presentando y validando una tesis que tienen un origen, si es que se corrobora, delictivo”, explicó.

Caso Karelim López

Respecto a la citación que ha hecho la Fiscalía al presidente Castillo para el próximo 16 de mayo para que rinda su declaración, en calidad de testigo, sobre el caso que involucra a Karelim López, el abogado refirió que el mandatario “está en la obligación de asistir”.

“El Presidente en esa investigación ostenta la calidad de testigo. Y todo testigo tiene la obligación legal de asistir a las citaciones [de] la Fiscalía. Vemos que la fiscal ya le cursó la citación al Presidente y él […] tendría que asistir a que le tomen su declaración o, por ostentar el cargo de Presidente de la República, solicitar que los fiscales tomen su declaración en el Palacio presidencial”, señaló.

Asimismo, precisó que el Presidente no podrá acogerse al “derecho al silencio”, pues éste está relegado a los imputados, no a los testigos del hecho materia de investigación.


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