Según precisó el Jurado Electoral Especial Lima-Centro, ningún ciudadano puede ser excluido de una lista de candidatos sin manifestar su voluntad en forma expresa.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro declaró improcedente el retiro de la candidatura a la alcaldía de Lima de Carlos Roca Cáceres por el Partido Aprista Peruano.
"El Jurado Electoral Especial de Lima Centro resuelve articulo único declarar improcedente la solicitud de desistimiento de la lista de candidatos para el consejo provincial de Lima, departamento de Lima por la organización política Partido Aprista Peruano presentado por Jaime Espinoza Montoya, personero legal titular nacional de la indicada organización política", indica un comunicado.
Entre los fundamentos de esta decisión el Jurado Electoral señala que conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del reglamento de inscripción de listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales del año 2010, ningún ciudadano sin su consentimiento puede ser incluido en una lista de candidatos.
Asimismo indica que ningún candidato puede ser excluido de la lista sin manifestar su voluntad en forma expresa.
"El Jurado Electoral Especial de Lima Centro resuelve articulo único declarar improcedente la solicitud de desistimiento de la lista de candidatos para el consejo provincial de Lima, departamento de Lima por la organización política Partido Aprista Peruano presentado por Jaime Espinoza Montoya, personero legal titular nacional de la indicada organización política", indica un comunicado.
Entre los fundamentos de esta decisión el Jurado Electoral señala que conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del reglamento de inscripción de listas de candidatos para las elecciones regionales y municipales del año 2010, ningún ciudadano sin su consentimiento puede ser incluido en una lista de candidatos.
Asimismo indica que ningún candidato puede ser excluido de la lista sin manifestar su voluntad en forma expresa.
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