Al respecto, la PCM emitió un comunicado donde indican que Alejandra Solórzano realizó un servicio que no genera vínculo de índole laboral con el Estado, por lo que no vulnera la ley.
Alejandra Solórzano Flores -hermana de Ana María Solórzano, presidenta del Congreso- trabajó en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) dentro de la modalidad “apoyo profesional” externo, un hecho que iría en contra del artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado, la cual establece que los parientes de funcionarios públicos no pueden ser contratados.
La hermana de Ana María Solórzano ofreció en julio “apoyo profesional para la evaluación de costeo de procedimientos contenidos en los TUPA de las entidades públicas”, según informó la revista “Poder”.
Por este trabajo, Alejandra Solórzano Flores, quien también es presidenta del Comité de Damas del Parlamento, cobró 5 mil soles.
La contratación se realizó el 14 de julio de este año, cuando René Cornejo era presidente del Consejo de Ministros.
Además, la hermana de Ana María Solórzano también laboró en el Consejo Nacional de la Magistratura en 2013. En esa oportunidad, la contadora pública habría cobrado S/. 10 200.
RESPUESTA DE LA PCM
Luego de conocerse los contratos que tuvo Alejandra Solórzano con la PCM, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emitió un comunicado dónde aclaran que la modalidad por la que se contrató a la hermana de la presidenta del Congreso no genera ningún vínculo de índole laboral con el Estado.
En el comunicado reconocieron que Alejandra Adelaida Solórzano Flores bridó servicios “bajo la modalidad de terceros (…) por concepto de apoyo profesional para la evaluación de costeo de procedimientos y servicios prestados en los TUPA de las entidades del Estado”.
Sin embargo, precisaron que “dicha orden de servicio no genera vínculo de índole laboral con el Estado, en razón de su cuantía (menor a 3 UITs) y modalidad (servicio de terceros)”.
Además señalan que el monto consignado por el servicio fue de cinco mil nuevos soles por el periodo comprendido del 15 de julio de 2014 al 15 de agosto del 2014.
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