De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento del Congreso, corresponde declarar la vacancia respectiva y, según el artículo 25, en caso de muerte de un congresista, éste será reemplazado por el accesitario.
La Mesa Directiva del Congreso publicó la declaratoria de vacancia del cargo de congresista que ejercía el legislador Juvenal Ordóñez Salazar, fallecido el pasado 7 de diciembre del 2009.
Según una resolución publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Parlamento resolvió oficial al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que emita la credencial correspondiente al accesitario expedito para ser incorporado al Congreso de la República.
De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento del Congreso, corresponde declarar la vacancia respectiva y, según el artículo 25, en caso de muerte de un congresista, éste será reemplazado por el accesitario.
El dispositivo, que lleva la firma del presidente del Congreso, Luis Alva Castro, y del segundo vicepresidente, Michael Urtecho, señala que el mismo se dará cuenta al pleno del Congreso. Andina
Según una resolución publicada en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Parlamento resolvió oficial al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que emita la credencial correspondiente al accesitario expedito para ser incorporado al Congreso de la República.
De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento del Congreso, corresponde declarar la vacancia respectiva y, según el artículo 25, en caso de muerte de un congresista, éste será reemplazado por el accesitario.
El dispositivo, que lleva la firma del presidente del Congreso, Luis Alva Castro, y del segundo vicepresidente, Michael Urtecho, señala que el mismo se dará cuenta al pleno del Congreso. Andina
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