Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando Estás escuchando En vivo En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Reflexiones del evangelio
Reflexiones del evangelio
Domingo 14 de agosto | (Exaltación de la Cruz) - "Dios no mandó su Hijo al mundo para condenar al mundo, sino para que el mundo se salve por medio de él"
EP 1078 • 11:42
Entrevistas ADN
Entrevistas ADN
Ministro Maurate afirma que soluciones a problemas estructurales de EsSalud no serán rápidas
EP 1866 • 16:48
Informes RPP
Informes RPP
Robert Prevost celebra su primer cumpleaños como Papa León XIV
EP 1325 • 05:50

PNP y FFAA podrán usar arma particular como medio de defensa, afirman

RPP
RPP

Rodrigo López, presidente de la Asociación de Propietarios Legales de Armas de Fuego, dijo que con la modificación al Código Penal se favorece la labor de las la fuerzas del orden.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú queda exento de responsabilidad penal no solo, cuando en el cumplimiento de su deber, causen lesiones al hacer uso de su arma de reglamento sino también cuando empleen un arma particular u otro medio de defensa.

Así lo señaló Rodrigo López, presidente de la Asociación de Propietarios Legales de Armas de Fuego, al señalar que ello queda estipulado en la ley que modifica el Código Penal en favor de la labor de las fuerzas del orden.

"Eso abre la puerta a que policías podrían tener una navaja, un palo, una piedra. Lo más importante es que incluye el arma propia", aseveró.

Según la ley publicada este lunes en el diario oficial "El Peruano", “queda exento de responsabilidad penal el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte”.

La iniciativa legislativa permitirá dotar a los miembros de los institutos armados y policiales de mecanismos que puedan utilizar en legítima defensa propia y de terceros. En ese sentido, se modificó el inciso 11 del artículo 20 del Código Penal, referido al uso de armas u otro medio de defensa.

Video recomendado

Tags

Más sobre Lima

Lo más leído

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA