Según la Constitución, los magistrados no son responsables por los votos que emitan en el ejercicio de su función. Sin embargo, el Parlamento busca sancionarlos por sentencia sobre el caso El Frontón.
La permanencia de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional se debate hoy en el Congreso. Esta tarde la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales decidirá si el informe que recomienda destituir e inhabilitar por diez años a Eloy Espinosa-Saldaña, suspender por 30 días a Marianella Ledesma y Carlos Ramos, y archivar la denuncia contra Manuel Miranda, sigue su curso hacia la Comisión Permanente.
El 3 de noviembre un grupo de exmiembros de la Marina denunciaron ante la Comisión Permanente del Congreso a los cuatro integrantes del Tribunal Constitucional por presuntamente infringir la Constitución, vulnerar la “cosa juzgada” y cometer prevaricato. ¿La razón? Los magistrados son acusados de cambiar el voto del exmagistrado Juan Vergara Gotelli en una sentencia de 2013 sobre el caso El Frontón.
EL CASO FRONTÓN
El 18 de junio de 1986, durante el primer gobierno de Alan García, se desataron tres motines simultáneos en los penales San Juan Bautista (El Frontón), Santa Bárbara de Mujeres, y Lurigancho. El Gobierno respondió con la intervención de las Fuerzas Armadas. En El Frontón, la operación anti motín fue encomendada a la Marina.
Según el informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), más de 200 internos acusados o sentenciados por terrorismo perdieron la vida durante los motines debido al uso deliberado y excesivo de la fuerza contra los reclusos. Un grupo de marinos fue denunciado por el presunto delito de asesinato.
CAMINO AL TC
En enero de 2009, el Cuarto Juzgado Penal Supraprovincial abrió proceso penal contra los marinos por estos hechos, que calificó como crímenes de lesa humanidad. La defensa de los marinos pedía cerrar la investigación penal porque consideraban que el delito (asesinato) ya había prescrito.
En marzo de ese año, el abogado Humberto Bocanegra Chávez interpuso una demanda de hábeas corpus a favor de los militares. Pedía anular la “apertura de instrucción” que decía que los delitos eran de lesa humanidad y que por lo tanto, podía procesarse a los presuntos responsables.
La acción llegó al Tribunal Constitucional. En junio del 2013, el máximo intérprete de la Constitución declaró como válido el inicio del proceso penal, pero infundada la calificación de crímenes de lesa humanidad. La sentencia la firmaron Carlos Mesía, Fernando Calle, Ernesto Álvarez y Juan Vergara. En contra estuvieron César Landa, Gerardo Eto y Ricardo Beaumont.
EL VOTO DECISIVO
En setiembre de ese año, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional y representantes de organizaciones de Derechos Humanos pidieron al TC que “aclare” el sentido del voto del magistrado Vergara Gotelli. Según el procurador Luis Alberto Huerta, el voto del magistrado había sido erróneamente contabilizado a favor del dictamen en mayoría.
El abogado Roberto Pereira sostiene que la sentencia del 2013 es compleja porque “está el fallo en mayoría firmado por Vergara y luego acompaña a ese fallo un voto. No dice qué tipo de voto es. En ese voto, expresa consideraciones incompatibles con lo que se resuelve en la sentencia”, dijo a RPP Noticias.
El exmagistrado del TC Carlos Mesía contó que los cuatro magistrados votaron por señalar que no hubo crimen de lesa humanidad en El Frontón, solo que Vergara Gotelli llegó a esa conclusión a través de una fundamentación diferente. “Vergara dice que ese tipo penal no existía porque el Estatuto de Roma recién entró en vigor en el 2004. Vergara es un hombre respetuoso del Poder Judicial y dijo que la decisión no nos corresponde a nosotros, sino a un juez penal”.
Legis.pe pone el fallo en sencillo:
Mesía Ramírez: 1. Continuar investigación. 2. No hay crímenes de lesa humanidad.
Calle Hayen: 1. Continuar investigación. 2. No hay crímenes de lesa humanidad.
Álvarez Miranda: 1. Continuar investigación. 2. No hay crímenes de lesa humanidad.
Vergara Gotelli: 1. Continuar investigación. 2. El juez penal es el competente para decidir si hay o no crímenes de lesa humanidad.
NUEVO CONTEO
Cuatro años después del pedido de la Procuraduría, en marzo del 2017, el TC, con otra conformación, corrigió lo que consideró un “error material”. Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos y Marianella Ledesma y Manuel Miranda votaron a favor. En contra estuvieron Óscar Urviola, Ernesto Blume y José Luis Sardón.
En la práctica, al no tener el voto de Vergara, se hizo un nuevo conteo. Ya no había cuatro votos para formar mayoría, sino solo tres. El Congreso investiga si ese cambio en el sentido del voto configura prevaricato y vulnera la “cosa juzgada” de una sentencia del TC.
“El hecho de que ellos hayan interpretado el voto de Vergara es polémico. La pregunta es si eso amerita una acusación constitucional para destituir a los magistrados. El art. 201 de la Constitución expresamente señala que los magistrados del TC, como los congresistas, no son responsables por los votos que emitan en el ejercicio de su función”, dice el abogado Pereira.
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