El exministro cuestionó que el JEE lo excluyera del proceso electoral por no cumplir con presentar un documento judicial que indicara una rehabilitación respecto de una sentencia condenatoria en su contra.
El exministro Daniel Urresti presentó ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una apelación a la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) de excluir su candidatura por el partido Podemos Perú a las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 del próximo 26 de enero.
"Confiamos en que va a hacernos justicia y vamos a regresar a la carrera electoral. Esto ha sido simplemente una leguleyada (sic). Los poderosos de siempre quieren que sigan siendo elegidos los fujimoristas de cabeza naranja con Martha Chávez, los fujimoristas de cabeza amarilla con Rosa Bartra y los fujimoristas del APRA con Mulder a la cabeza", señaló.
En declaraciones a la prensa tras presentar su apelación, Urresti responsabilizó de la decisión de excluirlo a los "poderosos", a quienes además acusó de jugarse "la última carta" a pesar de que el JEE ya había establecido que no se podía retirar a nadie de la contienda electoral después del 27 de diciembre.
"A estas alturas los únicos que deben decidir quién va al Congreso son los ciudadanos (…) En este momento no sale ningún tipo de encuesta porque saben que estoy liderando por largo y saben que hay muchas posibilidades de que pueda ser presidente del Congreso y eso los hace temblar", mencionó.
La exclusión de Urresti
Mediante una resolución emitida este miércoles, el colegiado determinó que Urresti omitió informar en su hoja de vida sobre una sentencia en su contra por el delito de difamación emitida en agosto de 2017 y que fue ratificada en 2018 por el Poder Judicial.
Precisaron que fue el propio personero del Podemos Perú que al momento de entregar la información de Urresti informó que omitía esta información debido a que había presentado ante el juzgado Penal correspondiente una solicitud de rehabilitación por el alegado cumplimiento de la pena.
Además, el documento del jurado sostiene que, el personero anexó un informe emitido por el abogado de Urresti que tiene como fecha 25 de noviembre, fecha posterior a la inscripción de las listas de candidatos, 18 de noviembre. Agregan que a la fecha de emitido el informe, no existía una resolución judicial de rehabilitación emitida por el Juzgado.
En esa línea, explicaron que al no existir una rehabilitación de la sentencia condenatoria por el delito de difamación, el caso “encuadra dentro del impedimento previsto en el penúltimo párrafo del artículo 113 de la Ley de Organizaciones Políticas”.
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