El presidente de la Comisión, Juan Burgos, informó que el documento estuvo a disposición de todos los legisladores para que lo analicen. Asimismo, solicitó al presidente del Congreso que le otorgue a su grupo de trabajo facultades de comisión investigadora.
La Comisión de Fiscalización del Congreso de la República aprobó este martes un informe preliminar por el caso ‘Cirugías’ en el que se concluye evaluar si la presidenta Dina Boluarte debe ser suspendida temporalmente del cargo por incapacidad, debido a indicios de una presunta infracción constitucional por este caso.
Así lo anunció el titular del grupo de trabajo, Juan Burgos (Podemos Perú), quien señaló que el documento pudo ser leído y analizado por los parlamentarios durante cinco días. El informe preliminar fue aprobado con doce votos a favor y uno en contra.
Asimismo, el parlamentario exigió al presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, que se le otorgue facultades de comisión investigadora para seguir con las indagaciones de este caso, requerimiento que fue una de las recomendaciones del informe preliminar aprobado.
“Exigimos al presidente del Congreso que se nos otorgue facultades de comisión investigadora para seguir indagando y sobre todo con las facultades investigando, el tema tan importante de esta probable infracción constitucional por parte de la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, quien habría cometido omisión de funciones grave, por ser ella la primera funcionaria del Perú”, indicó.
Conclusiones del informe
En el documento al que accedió RPP, el grupo de trabajo señala que las cirugías a las que se sometió la mandataria “revisten un carácter eminentemente estético”, según la información que recabaron en las indagaciones. Señalan, además, que ello permite inferir que las intervenciones no habrían estado estrictamente relacionadas con una necesidad médica impostergable, como mencionó Boluarte.
Asimismo, advierten que estas cirugías habrían generado un periodo de incapacidad temporal entre 2 a 12 días en el ejercicio de sus funciones, ello de acuerdo con el reporte operatorio y que la presidenta no informó al Congreso sobre la posible incapacidad temporal para el ejercicio de sus funciones presidenciales.
También indican, en ese sentido, que según la información recabada se determina que Boluarte estuvo internada por un periodo de dos días y una mañana, además del descanso médico que va de 7 a 12 días. Ello evidenciaría un abandono de cargo sin justificación constitucional, debido a que no se activó el mecanismo de sucesión presidencial establecido en el artículo 115 de la Constitución, así como una posible infracción de los artículos 114, 115 y 118 de la Carta Magna.
“Al encontrarnos ante indicios de una presunta infracción constitucional, correspondería evaluar la procedencia de una suspensión temporal de la mandataria, por incapacidad declarada por el Congreso de la República, hasta que se esclarezca su situación y se determinen las responsabilidades correspondientes en el marco del respeto al debido proceso y la separación de poderes”, concluyeron.
De igual forma mencionan una omisión de deberes funcionales y posible responsabilidad penal, además de que en el proceso de indagación del informa se identificó la existencia de obstáculos para realizar las funciones de control y fiscalización. Y consideran que Boluarte habría incurrido en múltiples faltas a la verdad lo cual configuraría “una clara situación de incapacidad moral permanente”.
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