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La reforma política y el TC: Los temas que arrastra el nuevo Congreso en su agenda [CLAVES]

El Parlamento electo iniciará funciones con nueve bancadas, correspondientes a los partidos que pasaron la valla electoral.
El Parlamento electo iniciará funciones con nueve bancadas, correspondientes a los partidos que pasaron la valla electoral. | Fuente: Andina

El Parlamento, que tendría hasta tres legislaturas por su carácter extraordinario, hereda proyectos de impacto político y la elección de seis magistrados del Tribunal Constitucional. Especialistas coinciden en que el hemiciclo tendrá que lidiar con un enemigo principal: el tiempo. 

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El nuevo Pleno del Congreso de la República -vía sus subgrupos, como la Comisión de Constitución- tendrá un año para decidir sobre el destino de algunos temas que quedaron pendientes del Parlamento disuelto. Este lunes, el Gobierno inició su ronda de diálogo con las fuerzas políticas electas tras los comicios extraordinarios. Alianza para el Progreso, de César Acuña, fue el primer partido agendado. 

“Ha habido un compromiso de apoyar las reformas políticas y judiciales; y le hemos pedido al presidente que declare en emergencia la salud”, dijo el ex candidato presidencial a su salida de Palacio de Gobierno, donde se había dado el encuentro. También afirmó que su bancada presentará un proyecto de ley con el objetivo de eliminar la inmunidad parlamentaria. En las horas posteriores, otros partidos electos asistieron a sus citas con el Ejecutivo. 

Del Congreso pasado, dos temas principales quedaron en proceso de debate o de revisión: la reforma política -que incluye discusiones polémicas como la inmunidad parlamentaria- y la elección del TC. 

 

La elección de seis magistrados del TC

La situación que en el Parlamento pasado dio pie a que el presidente Martín Vizcarra aplicara el artículo 134 de la Constitución (que le permite disolver el Congreso tras dos negativas de confianza) fue el proceso de elección de magistrados al Tribunal Constitucional. Como se recuerda, el Congreso, encargado de evaluar y seleccionar a sus miembros (por disposición del artículo 201 de la Carta Magna), había insistido en continuar la votación de postulantes de ese momento aun cuando el Gobierno hizo cuestión de confianza para que se cambien las bases del proceso. 

El candidato electo antes de que Vizcarra anunciara la disolución fue Gonzalo Ortiz de Zevallos Olaechea. Sin embargo, el Tribunal Constitucional resolvió que la designación no se había completado, pues el nuevo Congreso deberá revisar y resolver las impugnaciones que se presentaron contra el aspirante.

Los magistrados Manuel Miranda, Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos y Ernesto Blume, al igual que la magistrada Marianella Ledesma, culminaron sus mandatos en junio de 2019.
Los magistrados Manuel Miranda, Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos y Ernesto Blume, al igual que la magistrada Marianella Ledesma, culminaron sus mandatos en junio de 2019. | Fuente: El Peruano

Seis actuales magistrados del TC (cuyo Pleno se compone de siete) tienen mandato vencido desde junio de 2019. Esta condición incluye a la presidenta de este organismo, Marianella Ledesma Narváez.

La abogada constitucionalista Violeta Bermúdez Valdivia estima que esta elección resulta importante en esta nueva y breve etapa legislativa. “Definitivamente, esta elección necesitará de transparencia y reglas claras. Considero que, si hay voluntad política de aprobar una agenda concertada y se definen prioridades, sí sería posible concretar este tema pendiente”, dijo para este artículo. 

La especialista sugiere, además, que en la revisión a las reglas del proceso de selección se considere un equilibrio de género. “Sería importante incluir como criterio que, dado que existen seis vacantes, se promueva un equilibrio de género. Es fundamental que el máximo órgano de interpretación de la Constitución integre a más mujeres en el Colegiado”. 

Lo pendiente de la reforma política

En la legislatura pasada, el -ahora disuelto- Congreso llegó a decidir sobre los seis proyectos de modificación legal o constitucional para la reforma política que el Ejecutivo había presentado. Sin embargo, algunos de ellos habrían sido desnaturalizados de la propuesta original o solo aprobados parcialmente.

Paula Muñoz Chirinos, ex integrante de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, que trabajó el texto original de los proyectos, compartió sus puntos de vista técnicos sobre el tema.

-La inmunidad parlamentaria, un debate perdido-

Durante el Congreso pasado, el Ejecutivo insistió en modificar la Constitución (artículo 93) para que sea la Corte Suprema quien autorice el arresto o el procesamiento judicial ordinario de los congresistas que cometan delitos. Actualmente, esta disposición sigue dependiendo inmediatamente del propio Congreso o de su Comisión Permanente, pues el proyecto fue sustituido. 

El texto aprobado en julio de 2019 es otro y fija un plazo de 45 días (algo que antes no existía) para que el Parlamento se pronuncie en votación por mayoría simple (mitad más uno) sobre el levantamiento de la inmunidad. Vencido e incumplido el plazo, la Corte Suprema intervendría para pedir al Tribunal Constitucional (cuyos miembros son elegidos por el Congreso) que revise y resuelva el caso del legislador o de la legisladora en cuestión. Al ser una reforma constitucional, el proyecto precisaría de una nueva votación en el Congreso a instalarse.

La reforma política, un paquete de iniciativas del Gobierno de Martín Vizcarra, se quedó a medio camino tras la disolución del Congreso.
La reforma política, un paquete de iniciativas del Gobierno de Martín Vizcarra, se quedó a medio camino tras la disolución del Congreso. | Fuente: Andina

Muñoz explica que este proyecto se desnaturalizó completamente. “No recoge la propuesta ni de la Comisión ni tampoco del Ejecutivo. Es más, por la redacción, lo que terminaron haciendo fue ampliar los alcances de la inmunidad en lugar de regularla y limitarla. Tal como está ahora, es un texto contraproducente que, en lugar de aportar a la lucha contra la corrupción, es un paso que permite que la inmunidad permita amparar la impunidad de congresistas electos”. 

Para la también profesora de Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad del Pacífico, el proyecto aprobado en primera legislatura debería ser archivado. 

-Ajustes a la prohibición de postular-

En junio de 2019, el Congreso aprobó  establecer el impedimento de ser candidato a quien tenga condena en primera instancia por delito doloso. Esta modificación estaba contenida en el proyecto de ley N° 4190/2018-PE, que el Ejecutivo presentó. No obstante, será necesaria una segunda votación en el nuevo Congreso porque se trata de un cambio a la Constitución (en su artículo 34).

Consultada al respecto, Muñoz sostiene que -en términos generales- el Congreso respetó la esencia de la propuesta. Sin embargo, explica que la reforma constitucional precisará de una ley que la acompañe. “El texto se cambió un poco, pero recogió el sentido de la propuesta de la Comisión. Lo que sí habría que hacer, además de ir a la segunda votación, es aprobar un desarrollo legal donde se precisen qué delitos dolosos serían aplicables para el impedimento”.

-La paridad y la alternancia en las listas congresales- 

Entre los proyectos de modificación legal del Ejecutivo, que fueron revisados por el anterior Congreso, está el de la obligación de listas paritarias y alternadas por género para los partidos que postulen a elecciones congresales. Este proyecto (N° 4187/2018-PE) originalmente sugería una participación equitativa inmediata de hombres y mujeres en las listas al Parlamento y a los gobiernos regionales y concejos municipales. 

Sin embargo, el Congreso aprobó aplicar la paridad de manera progresiva en listas congresales, que inicie desde la base de un 40% de cuota (anteriormente, la cuota mínima era de 30%) y se incremente en un 5% en cada elección general hasta llegar al 50% en 2031. 

Muñoz comenta que lo ideal sería establecer la paridad y aplicar la alternancia de manera inmediata. “Se llegó a un acuerdo de gradualidad y, entonces, no se aprobó la propuesta original de paridad del 50% con alternancia, sino que se fijó la progresión en cada elección hasta llegar a esa meta. Lo ideal sería, de frente, establecer la paridad para el próximo año”. 

Como se trata de una modificación a la Ley Orgánica de Elecciones y el artículo 4 de esta norma exige que sus cambios tengan -como mínimo- un año de vigencia para ser aplicados en el proceso electoral más próximo, la especialista señala que una salida sería que el Congreso genere y apruebe una excepción temporal a la ley mediante un texto transitorio.

Otro tema adicional es el de democracia interna de partidos. El proyecto original proponía elecciones primarias abiertas para todos los partidos. Sin embargo, el Congreso finalmente aprobó este mecanismo obligatorio solo para los partidos nuevos. 

-¿Cómo quedaron las reglas sobre financiamiento político y voto preferencial?-

Los temas menos precisados tras las modificaciones que llegó a aprobar el Congreso son los concernientes al financiamiento de partidos en campaña y a la opción del voto preferencial en las cédulas electorales. En cuanto al primero, el Congreso aprobó incorporar el delito del financiamiento prohibido, pero dejó de lado el fortalecimiento de las sanciones administrativas contra los partidos en los que se detecte este ilícito.

Así lo señala Muñoz: “La propuesta de la Comisión tenía una visión más integral y con medidas preventivas contra la corrupción. Lo que hay ahora es que los partidos pagan multas cuando no rinden cuentas y, si estas no se cobran, no pasa nada. Una de las cosas que sugeríamos es que, para hacer efectivas las sanciones administrativas, se le dé poder coactivo a la ONPE para que pueda cobrar esas multas. También proponíamos sanciones políticas para que, en caso de reiterado incumplimiento de rendición de cuentas, se suspenda temporalmente la inscripción del registro partidario y que, como sanción final, se cancele esa inscripción”. 

Respecto del voto preferencial, su eliminación no habría quedado clara. Su vigencia continuaría para el 2021 y no se precisa textualmente que se deje de aplicar en las otras elecciones futuras. De acuerdo con Muñoz: “Tendremos elecciones donde siga vigente y, con la redacción poco precisa, se puede generar la interpretación de que no se ha eliminado. Sería mucho mejor eliminarlo definitivamente para el 2021 y establecer explícitamente que ya no va a aplicarse en las elecciones congresales”.

Un Congreso de hasta tres legislaturas

La abogada especializada en Derecho Constitucional, Gabriela Oporto Patroni, señala que el nuevo Congreso tendría hasta tres legislaturas (periodos de sesión). Este carácter extraordinario facilitaría la aprobación definitiva de reformas que requieran doble votación, pero tendría al Legislativo luchando contra el tiempo para alcanzar consensos a nivel de comisiones. 

El nuevo Congreso tendría hasta tres legislaturas si es que conocemos con tiempo los resultados definitivos de las elecciones del 26 de enero. Si es así, se podría empezar el 2020 con una primera legislatura del 1 de marzo al 15 de junio, como lo indica el Reglamento del Congreso. Luego, se podrá aplicar el periodo que inicia el 26 de julio y sugerir sesiones extraordinarias en febrero de 2021 o que la última legislatura inicie en marzo de 2021". 

Periodista.

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