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Pleno de Congreso dio cuenta de la moción que propone la vacancia del presidente Pedro Castillo

Pleno de Congreso dio cuenta de la moción que propone la vacancia del presidente Pedro Castillo
Pleno de Congreso dio cuenta de la moción que propone la vacancia del presidente Pedro Castillo | Fuente: Foto: Presiencia

El Pleno del Congreso dio cuenta de la Moción 2148 que propone la vacancia del presidente Pedro Castillo por la causal de permanente incapacidad moral. En la siguiente sesión plenaria se consultará su admisión.

En la reciente sesión del Pleno del Congreso se dio cuenta de la Moción 2148, que propone la vacancia del presidente de la República, Pedro Castillo, por la causal de permanente incapacidad moral. En la siguiente sesión plenaria se consultará la admisión de la moción.

La moción de vacancia presidencial -la segunda que es presentada en lo que va de la actual gestión gubernamental- está suscrita por los congresistas de Renovación Popular, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso, Avanza País, Somos Perú y Podemos Perú.

Procedimiento de la moción de vacancia

Según el artículo 89-A del Reglamento del Congreso, el procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución, sigue las siguientes reglas:

Tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República.

"Para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción".

Además, señala que el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata.

"Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos".

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