La Sala Penal Nacional resolvió que no se le aplica el derecho de gracia por razones humanitarias al expresidente.
El Colegiado B de la Sala Penal Nacional resolvió este lunes que el expresidente Alberto Fujimori no sea excluido del proceso judicial por el caso Pativilca al no aplicar el derecho de gracia que le otorgó Pedro Pablo Kuczynski (PPK) en diciembre pasado.
Los congresistas Mauricio Mulder, Juan Sheput y Edwin Donayre se pronunciaron al respecto.
Juan Sheput
El congresista oficialista dijo que se debe evitar “cualquier tipo de presión política”. “Debemos dejar que se desarrolle este caso. Vamos a ver la apelación a una instancia superior. Yo creo que de por medio existe el derecho de gracia que ha dado el presidente de la República (...) Tenemos que tomar en cuenta otros considerandos como su edad y gravedad de su enfermedad”, indicó.
Mauricio Mulder
Para el congresista aprista, la decisión adoptada es legal. Mulder consideró que los indultos no pueden detener procesos judiciales. “Queda claro que si se trata de indulto humanitario no podría la Sala decretar una detención porque ahí sí iría en contra de la esencia del indulto, que fue su salud. Que el proceso pueda abrirse es evidente. Siempre existe esa prerrogativa por parte de los órganos judiciales. Por lo tanto no puede considerarse que un indulto es un manto de impunidad para temas en curso”, dijo.
Edwin Donayre
El parlamentario de Alianza para el Progreso dijo que no está de acuerdo con la decisión del Poder Judicial e indicó que se reuniría con su presidente, Duberlí Rodríguez, para conocer su postura al respecto. “Tendrá su opinión el Poder Judicial, pero yo no la comparto. Está sobrepasando sus funciones”, estimó.
Derecho de gracia
Cuando PPK le dio un indulto humanitario a Alberto Fujimori en la víspera de Navidad, también le otorgó un derecho de gracia. Por ello, su defensa solicitó que sea excluido del proceso del caso Pativilca.
La Sala le denegó el pedido al considerar, en su resolución, que "la gracia presidencial otorgada mediante Resolución Suprema N° 281-2017- JUS de fecha 24 de Diciembre de 2017, resulta incompatible con los deberes de investigar, juzgar y sancionar graves violaciones de derechos humanos, siendo además una medida que como hemos analizado colisiona claramente con derechos fundamentales amparados en nuestra Constitución".
El Ministerio Público acusa al expresidente por autoría mediata del homicidio de seis campesinos en la provincia limeña de Barranca, en enero de 1992.
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