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JNE: trámite de justificación y dispensa por no votar se realizará de manera virtual

El trámite se realizará de manera virtual a través de la página del Jurado Nacional de Elecciones.
El trámite se realizará de manera virtual a través de la página del Jurado Nacional de Elecciones. | Fuente: Jurado Nacional de Elecciones

El Jurado Nacional de Elecciones precisó que esta medida busca prevenir contagios de la COVID-19. Agregó que tras realizar la solicitud de dispensa, las respuestas serán enviadas en un plazo máximo de dos días hábiles.  

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso que el trámite para justificaciones y dispensas de pago de multas electorales se desarrollen de manera virtual a través de su página web, a fin de prevenir contagios de la COVID-19.

Los pedidos podrán ser interpuestos desde el día siguiente de los comicios a través de la dirección www.jne.gob.pe. Las respuestas correspondientes serán enviadas en un plazo máximo de dos días hábiles.

Tras acceder a la página institucional del JNE y haber hecho el pago respectivo ante el Banco de la Nación (bajo el código 01465), el usuario deberá de ingresar a la sección denominada Dispensa Virtual (https://dispensavirtual.jne.gob.pe/login).

Allí consignará los datos incluidos en su documento nacional de identidad y los documentos sustentatorios correspondientes, en formato de imagen o PDF.

Se trata de un servicio al que se podrá recurrir durante las 24 horas toda la semana, evitándose así el desplazamiento de los ciudadanos a los locales del JNE.

Casos considerados para dispensa

Los casos en los cuales procederá el pedido de dispensa son: motivos de salud, viajes por estudios o salud, desastres naturales, robo o pérdida del DNI, fallecimiento de algún familiar directo, discapacidad física o mental, encontrarse en prisión, realizar alguna labor de índole electoral o por error en el padrón de votantes.

Además, en este proceso electoral se considerará causal de dispensa estar en uno de los grupos de riesgo de contagio de COVID-19; es decir, tener más de 65 años o padecer enfermedades determinadas.

También se incluye a quienes, por presentar una temperatura superior a 37.5 grados, sean impedidos de ingresar a los centros de votación.

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