Actualmente el Pleno del JNE sesiona solo con cuatro de sus cinco miembros, luego de que venciera el mandato de Raúl Chanamé. En este informe conoce la relevancia de este organismo clave para la realización de los procesos electorales y los cambios que se producirán en la conformación de su Pleno.
El sistema electoral en el Perú está conformado por tres entidades: el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). En informes anteriores, se ha explicado los cambios en las jefaturas de la ONPE y Reniec, en este texto se detalla la relevancia y los cambios que se producirán en el pleno del Jurado Nacional de Elecciones.
A diferencia de la ONPE y Reniec, cuyas autoridades son elegidas a través de un concurso público, organizado por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el Jurado Nacional de Elecciones lo encabeza un pleno compuesto por cinco miembros y con una modalidad de elección distinta. Así lo establece el artículo 179 de la Constitución Política del Perú.
A diferencia de la ONPE y Reniec, cuyas autoridades son elegidas a través de un concurso público, organizado por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), el Jurado Nacional de Elecciones lo encabeza un pleno compuesto por cinco miembros y con una modalidad de lección distinta. Así lo establece el artículo 179 de la Constitución Política del Perú.
Estos cinco miembros son representantes elegidos por: 1) la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República (quien lo preside); 2) la Junta de Fiscales Supremos; 3) el Colegio de Abogados de Lima; 4) los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas; y 5) los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Privadas.
Según la Constitución Política, al Jurado Nacional de Elecciones le compete fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, así como mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas, velar el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral, administrar justicia en materia electoral y proclamar a los candidatos elegidos.
“El Jurado Nacional de Elecciones ve todo lo relacionado con las reglas que van a regir el proceso electoral, aprueba el cronograma, etc. Todo en coordinación muy cercana con la ONPE y con Reniec. Son una suerte de tribunal electoral que se encarga de las reglas, de verificar el cumplimiento de requisitos, decide si un candidato cumple o no con los requisitos o si un miembro de mesa debe ser tachado o no”, detalló la abogada Gabriela Oporto para este informe.
A meses de la realización de los comicios, la conformación de su pleno variará al vencer este año el mandato de cuatro de sus cinco miembros.
El pasado 5 de julio venció el mandato del magistrado Raúl Chanamé (representante del Colegio de Abogados de Lima). Aunque en julio también vencía el mandato del magistrado Luis Arce Córdova, éste fue reelegido por la Junta de Fiscales Supremos para un nuevo período de cuatro años.
En septiembre vencerá el mandato de Ezequiel Chávarry Correa (representante de los Decanos de las Facultades de Derecho de las Universidades Públicas) y en octubre el del presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Víctor Ticona (representante de la Sala Plena de la Corte Suprema).
Actualmente el pleno sesiona con cuatro miembros, por lo que se advierte que sus decisiones no serían tomadas por una mayoría simple. José Manuel Villalobos, presidente del Instituto Peruano de Derecho Electoral, indicó que, al no estar el Pleno completo, si hubiera empate, la decisión final recaería en el presidente (Víctor Ticona) que tendría un voto dirimente.
Villalobos sostuvo que, para evitar este tipo de situaciones, se podría optar por una reforma constitucional o una reforma en la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones para establecer que “tanto no se elija al reemplazante del miembro del Pleno, éste se mantiene en el cargo”.
“Así como sucede con los miembros del Tribunal Constitucional, que en tanto no son reemplazados, así haya concluido su mandato, el miembro se mantiene en el cargo. Lo mismo podría suceder con el Jurado”, estimó.
¿En qué etapa está el proceso en el CAL?
La decana del Colegio de Abogados de Lima, María Elena Portocarrero, indicó que el proceso para elegir a su representante se está coordinando dentro del Comité Electoral y asegura que se están ejecutando las acciones para que se nombre a su representante ante el JNE lo más pronto posible.
“Esta situación de no convocatoria obedece a una pandemia. No solo el Colegio de Abogados de Lima, sino todas las instituciones con representación han tenido este problema, porque no se daban las garantías. Estamos acelerando y viabilizando el proceso para no perjudicar diversas actividades que se puedan presentar”, explicó Portocarrero para este informe.
La decana estima que el Comité Electoral organizará una elección virtual, sin embargo, la convocatoria formal todavía no se concreta. Asimismo, indicó que no es la primera vez que se recurra a este tipo de modalidad de elección. “Nosotros como gremio ya hemos realizado procesos virtuales, las circunstancias del país nos demandaban ahora hacer lo mismo”, manifestó.
Portocarrero invocó a la ONPE y a la organización civil Transparencia a que participen también en este proceso virtual para que se lleve a cabo de una manera transparente y así garantizar la tranquilidad de los agremiados, respecto a su voto.
Por su lado, Villalobos indicó que los abogados que postulen a ser representantes ante el JNE deben tener experiencia en materia electoral, demostrada neutralidad y transparencia.
En el caso del magistrado Ezequiel Chávarry, cuyo mandato vencerá el próximo septiembre, RPP Noticias pudo conocer que los decanos de las facultades de derecho convocaron a una reunión para el jueves para determinar los mecanismos y las condiciones en las cuales se realizará la elección de su nuevo representante ante el JNE. Chávarry podría ser candidato nuevamente y dependerá si los decanos respaldan o no su reelección.
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