Yessica Clavijo, de la Dirección de Fiscalización del JNE, hizo una diferencia entre el porcentaje para alcanzar curules en el Congreso y la cancelación de la inscripción del partido.
La valla electoral limita la participación de agrupaciones políticas en el Congreso que no alcancen cierto porcentaje de votos. Este tema sigue generando confusión en el actual proceso electoral, pues no se sabe si rige la legislación anterior o la nueva Ley de Partidos Políticos (Ley 20414), la cual permite que agrupaciones que obtenga representación en el Congreso (5% de los votos válidos) igual pierdan su inscripción. RPP Noticias conversó con Yessica Clavijo, especialista de la Dirección de Fiscalización del JNE, que hizo una diferencia entre la valla electoral y la cancelación de la inscripción del partido.
Contradicciones. “Hay que diferencias el porcentaje para el acceso a las curules del Congreso y otra cosa es la cancelación de la inscripción de cada partido, que se dará un año después del proceso electoral. Lo que ha modificado la 30414 es ese artículo que ve el tema de la cancelación. (...) La nueva ley electoral establece como valla electoral un límite de 5%. A las alianzas les aumentan un 1%, pero (el Congreso al aprobar la norma) no tomó en cuenta que la Ley Orgánica de Elecciones ya establecía los requisitos para acceder al Congreso de la República”.
La nueva Ley de Partidos Políticos entró en vigencia en enero de este año y establece que para obtener curules, cada agrupación debe obtener 5% de los votos válidos. De no obtener este porcentaje, perderán su inscripción como partido. En el caso de las alianzas, la valla aumentará 1% por cada partido adicional. Por ejemplo, Alianza Popular está formado por el Apra, PPC y Somos Perú. Para que los tres partidos mantengan su inscripción, deben obtener en conjunto 7%, pese a que obtendrían representación si alcanzan el 5%.
Cancelación de inscripción. “Hay este tipo de contradicciones que se han dado con la ley que se aprobó este año. El Jurado Nacional de Elecciones va a analizar cada caso de manera concreta. A pesar de estas situaciones que generan cierta incertidumbre, el organismo electoral es el máximo ente que debe impartir justicia sin perjudicar derechos adquiridos por las organizaciones políticas”.
Precisión necesaria. “Esto demuestra que debemos sentarnos y sistematizar la información. No se pueden hacer reformas con parches ni con normas que se superponen a otras, por lo que es necesario un código que establezca en una línea clara cuáles van a ser el inicio y el final de un proceso electoral”.
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