Una resolución del Tribunal Constitucional le da el derecho a los transexuales a registrar su cambio de sexo. José María 'Chema' Salcedo te explica los detalles.
Si alguien lo pensaba, el Tribunal Constitucional descartó que en el transexualismo sea una forma de enfermedad. Un fallo de esta institución reconoció el derecho a la identidad de género de las personas ‘trans’, es decir, el cambio de sexo en el DNI.
“Lo que se ha establecido es que el sexo de una persona no solo se establece por razonas biológicas, sino también por psicológicas, culturales y de identidad. Esto lo ha puesto por escrito la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Lo que dictó el Tribunal es que este derecho debe ser cautelado y que los jueces deben permitir a quienes quieran hacer el cambio de sexo, que lo puedan registrar en su DNI”, explica el congresista Carlos Bruce, de Peruanos por el Kambio. “Lo que falta ahora es que no tengan que recurrir a un juez para hacer este cambio, sino que se pueda hacer mediante un simple trámite establecido”, agregó.
Según Brenda Álvarez, asesora legal de Promsex, no existe un censo que contabilice cuántas personas son transexuales y se verían beneficiadas por el fallo. En otras partes del mundo, como España, está permitido el cambio de la mención del sexo en los documentos oficiales, incluido el Registro Civil y el Documento de Identidad, igual que en Argentina. En México, es posible obtener una nueva acta de nacimiento para la personas ‘trans’.
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