Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Perú Debate
EP09 | T6 | Factores detrás de la violencia de pareja
EP 97 • 39:41
Por la causa
EP 30 | Nutrición explosiva
EP 30 • 09:28
Reflexiones del evangelio
Martes 14 de mayo | (San Matías, apóstol) - "Ustedes son mis amigos si hacen lo que yo les mando"
EP 632 • 12:15

Poder Judicial rechaza pedido de la Procuraduría de anular declaración de Alberto Otárola por presunto genocidio

El Poder Judicial dispuso que la PGE participe como parte agraviada en el proceso
El Poder Judicial dispuso que la PGE participe como parte agraviada en el proceso | Fuente: PCM | Fotógrafo: VICTOR GONZALES

El Juzgado declaró infundado el pedido de la PGE para que se anule la declaración del jefe del Gabinete ante la Fiscalía, realizada el pasado 16 de febrero. Sin embargo, dispuso que la Procuraduría participe del proceso como parte agraviada.

El Poder Judicial dispuso rechazar el pedido de la Procuraduría General del Estado (PGE) para que se anule la declaración del jefe del Gabinete, Alberto Otárola, ante la Fiscalía por el presunto delito contra la humanidad en la modalidad de genocidio.

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró infundada la solicitud realizada por el procurador general Daniel Soria para que el acta de la diligencia del pasado 16 de febrero sea declarada nula.

Sin embargo, dispuso que la PGE participe como "parte agraviada" en la investigación preliminar que se sigue contra Otárola Peñaranda, la presidenta Dina Boluarte y otros por el referido presunto delito.

El caso

Según alegaba la Procuraduría, ellos fueron notificados por la Fiscalía de una primera declaración interrogatoria a Alberto Otárola programada para el pasado 23 de enero. Sin embargo, el representante del Ministerio Público suspendió la diligencia por las movilizaciones programadas para aquel día, y señaló que sería reprogramada acorde a la agenda del despacho fiscal.

Sin embargo, la PGE no fue notificada para la diligencia de continuación del interrogatorio al premier que se realizó el último 16 de febrero. Por ello, la entidad presentó un recurso de tutela de derechos por el cual solicitaba la anulación del acta pues se habría vulnerado el "debido proceso en su vertiente al derecho de defensa".

Por otro lado, la defensa penal de Otárola Peñaranda señalaba que interponer dicho recurso era "inoficioso e inconducente" puesto que "es un remedio procesal residual habilitado de manera exclusiva al imputado".

Ante ello, el Poder Judicial sostuvo que la tutela de derechos "no es una institución que pueda ser invocada única y exclusivamente por los imputados", dado que también lo puede hacer la parte agraviada, "sea en la etapa de investigación preliminar como en la preparatoria del proceso penal".

No obstante, se manifestó en contra de anular el acta de continuación de declaración del premier ante la Fiscalía.

"De acuerdo con el artículo 150° del CPP (Código Procesal Penal), que regula la nulidad absoluta, el pedido no se encuentra previsto en dicha regla procesal, puesto que es posible subsanar dicha declaración (vía su ampliación por ejemplo) con la participación de la PGE, con los límites establecidos en el artículo 88° inciso 3 del CPP, por lo que la nulidad invocada es infundada".

A su vez, declaró "fundada en parte" la tutela de derechos de la PGE "en el extremo de su participación como parte agraviada, en la investigación".


Tags

Lo último en Gobierno

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA