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¿Verdadero o Falso? | Salvador del Solar: “Desde el año 2014 en adelante solamente hemos utilizado la modalidad [de elección de miembros del TC] por invitación”

Esto dijo Salvador del Solar | Fuente: Foto: Andina / Video: RPP Noticias

Durante la sesión en que solicitó cuestión de confianza por la elección de magistrados del Tribunal Constitucional (TC), el pasado lunes 30 de septiembre, el entonces presidente del Consejo de Ministros exhortó a que se permitiera a la ciudadanía conocer a los candidatos y sus hojas de vida a través de la modalidad ordinaria y no por la especial, que es por invitación. Para reforzar esta idea, afirmó que “desde el año 2014 en adelante solamente hemos utilizado la modalidad [de elección de miembros del TC] por invitación”. Ojo-Publico.com concluye que la afirmación es verdadera.

Salvador del Solar, ex presidente del Consejo de Ministros

Contexto: Cuestión de Confianza en sesión del Pleno de Congreso

Fecha de la declaración: 30 de septiembre del 2019

Las modalidades para la designación de los miembros del TC se encuentran definidas en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el cual fue modificado en octubre del 2012 por el Artículo Único de la Ley N° 29926. En esta modificación se estableció la posibilidad de efectuar una convocatoria por invitación.

En el artículo 8, que lleva por título “Conformación” [de los magistrados del TC], establece que el Pleno del Congreso designa una Comisión Especial para “encargarse del procedimiento de designación en cualquiera de las dos modalidades”.

En la primera, la ordinaria, la misma Comisión Especial selecciona a los candidatos a magistrados del TC, para luego publicar dicha relación en el diario El Peruano, con sus hojas de vida, a fin de “que se puedan formular tachas, las que deben estar acompañadas de prueba documental”. Además, se abre la convocatoria para la presentación de propuestas en la misma publicación oficial. Una vez presentada la propuesta de uno o más candidatos, se convoca en un “término no inferior a siete días” al Pleno del Congreso para su votación.

Por otro lado, en la modalidad especial -agregada en el 2012- nuevamente la Comisión Especial selecciona a candidatos que “a su juicio, merecen ser declarados aptos para ser elegidos” realizando una convocatoria por invitación. Esta, sin embargo, no cuenta con la convocatoria para la presentación de propuestas, ni la relación de los colegiados propuestos a fin de que se puedan formular tachas a sus candidaturas, ambas publicadas en El Peruano.

El artículo 8 indica que la elección de cualquiera de las dos modalidades se realiza por acuerdo de la Junta de Portavoces del Congreso de la República. 

Según el informe Nº 2 de Selección de candidatos a magistrados del TC, del 15 de octubre del 2013, la Junta de Portavoces, presidida por la entonces congresista Ana María Solórzano, acordó la creación de la Comisión Especial y la modalidad por invitación para seleccionar a los candidatos del Tribunal Constitucional. Luego de sesionar en cuatro oportunidades -desde diciembre del 2013 hasta mayo del 2014- para debatir y evaluar cada propuesta presentada por los integrantes de dicha comisión, se acordó poner a nueve candidatos a consideración del Pleno. De ese grupo fueron elegidos seis para el periodo 2014-2019: Ernesto Blume, Manuel Miranda, Carlos Ramos, José Luis Sardón, Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña.

En el 2017, ocurrió algo similar con la elección de un único magistrado al TC. Según el informe de la selección de candidatos a magistrados del TC de agosto de ese año, la Junta de Portavoces del Congreso, en ese entonces presidida por Luis Galarreta, acordó realizar la elección del magistrado en la modalidad por invitación el 9 de agosto. En este caso, dos semanas más tarde -el 25 de agosto- se eligió por unanimidad (cien votos a favor y cero en contra) al jurista Augusto Ferrero Costa para el periodo 2017-2022.

 Ferrero sucedía al ex magistrado Óscar Urviola Hani, el cual demoró más de dos años en dejar el cargo tras haberse vencido su designación en junio del 2015.

En junio de 2019 venció la designación de los seis magistrados elegidos en el 2014, por lo que, según el informe de la selección de candidatos a magistrados del TC de septiembre del 2019, la Junta de Portavoces, entonces presidida por Daniel Salaverry, acordó en noviembre del año pasado la creación de la Comisión Especial encargada de la selección de nuevos magistrados para el TC y la modalidad por invitación. Sin embargo, recién un año después, el 11 de septiembre del 2019, se reconformó la comisión presidida por el ahora ex presidente del Congreso, Pedro Olaechea, donde se volvió a asignar la modalidad por invitación para la nueva elección de magistrados.

Esta vez la Comisión Especial, con Olaechea como presidente supernumerario y con miembros de Fuerza Popular, el Apra y otras bancadas, propuso a once candidatos para cubrir las seis plazas vencidas en el Tribunal Constitucional: Carmela de Orbegoso Russell, Wilbert Medina Bárcena, Francisco Morales Saravia, Roberto Acevedo Mena, Delia Muñoz Muñoz, Manuel Sánchez Palacios, Gonzalo Ortiz de Zevallos, Ernesto Álvarez Miranda, Milagros Campos Ramos, Carlos Hakansson Nieto y Edgar Carpio Marcos.

Cabe destacar que los miembros de la comisión de los partidos de Peruanos por el Kambio, Nuevo Perú y el Frente Amplio no presentaron candidatos por considerar turbio y cuestionable el nuevo proceso.

Finalmente, la Junta de Portavoces del Congreso convocó para el 30 de septiembre a sesión del Pleno para elegir a los seis magistrados que conformarán el TC. Sin embargo, la sesión se vio suspendida, tras haber elegido a Ortiz de Zevallos como magistrado, por la cuestión de confianza planteada por el entonces titular del Consejo de Ministros, Salvador del Solar.

 

En consulta para esta verificación, el abogado constitucionalista y profesor de derecho constitucional de la PUCP, Roberto Pereira, explica que la modalidad por invitación se introdujo como consecuencia de varios procesos fallidos para elegir a miembros del Tribunal Constitucional, por no ponerse de acuerdo. “Esta modalidad es un mecanismo de elección exprés, donde la decisión se retribuye totalmente al Congreso sin la intervención ciudadana, por lo que no hay un control de la idoneidad de estos candidatos [...]. Además, los plazos son muy cortos en estos casos; una vez que se invita a los candidatos, se publica y directamente se procede a la elección en el Pleno”, agrega.

Tras lo expuesto, Ojo-Publico.com concluye que la afirmación del ex presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, sobre que desde el 2014 solamente se ha utilizado la modalidad por invitación para la elección de los miembros del Tribunal Constitucional, es verdadera.

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