El tribunal supremo declaró infundado el recurso de apelación que presentó el exmandatario Pedro Castillo para revocar la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el 21 de diciembre del 2023, en la que rechazó su pedido para que se revise de oficio esta medida que se le impuso como parte del proceso penal que afronta por este caso.
El expresidente Pedro Castillo seguirá recluido en el penal Barbadillo de Ate, luego de que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema confirmara el mandato de prisión preventiva por 18 meses que se le impuso a raíz de su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.
El tribunal supremo declaró infundado el recurso de apelación que presentó el exmandatario para revocar la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el 21 de diciembre del 2023, en la que rechazó su pedido para que se revise de oficio esta medida que se le impuso como parte del proceso penal que afronta por este caso.
La defensa legal del exjefe del Estado argumentó que existían nuevos elementos de convicción que demostrarían que su patrocinado fue víctima de una mafia u organización criminal liderada por la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, la cual, según dijo, tenía pactos ilegales con el Congreso de la República; que la detención de su defendido sería ilegal, pues no medió flagrancia delictiva; y que, al momento de su intervención, debió ser trasladado al Parlamento para el levantamiento de su inmunidad.
No obstante, el tribunal presidido por el juez supremo César San Martín confirmó lo resuelto por el magistrado Checkley Soria, al precisar que “no existen razones fundadas para variar el mandato de prisión preventiva”.
Los argumentos de la sala
El colegiado supremo precisó en su resolución, a la que tuvo acceso RPP, que los actos de investigación citados por la defensa legal del exmandatario no permiten sostener categóricamente, y hasta el momento, que el delito de rebelión no se produjo.
Asimismo, consideró que lo ocurrido con la fiscal de la Nación con posterioridad a la denuncia constitucional y al procesamiento del encausado Castillo Terrones aún no sugiere, frente al volumen de actos de investigación ya incorporados, que los cargos contra este último son falsos o que se incluyeron hechos inexistentes o tergiversados en su perjuicio.
La sala suprema remarcó que ya se ha examinado la situación de flagrancia delictiva en que se encontraba el imputado cuando fue detenido y que, en esos momentos, se dirigía a la Embajada de México, lo que no puede explicarse, dada la investidura del imputado, sin una previa coordinación con las más altas autoridades políticas del país norteamericano.
“Por lo demás, las testimoniales presentadas por la Fiscalía Suprema dan cuenta del comportamiento de la Policía Nacional ante el traslado del expresidente a la Embajada de México y, además, que la orden de impedir el acceso de congresistas al Congreso se ejecutó”, precisó la instancia judicial.
La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos pidió 34 años de prisión contra el expresidente Pedro Castillo a raíz de este caso.
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