Aprueban nuevo reglamento con criterios para el otorgamiento de indultos y otras gracias presidenciales

La resolución ministerial fue aprobada por el Minjus.
La resolución ministerial fue aprobada por el Minjus. | Fuente: Andina

El Ministerio de Justicia aprobó este reglamento con el objetivo de regular el procedimiento de solicitudes para acceder al indulto común, indulto por razones humanitarias, conmutación de la pena, derecho de gracia común y derecho de gracia por razones humanitarias.

El Ministerio de Justicia aprobó el nuevo Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales con el fin de regular el procedimiento de atención de solicitudes para acceder al indulto común, indulto por razones humanitarias, conmutación de la pena, derecho de gracia común y derecho de gracia por razones humanitarias. Este fue publicado este jueves, 19 de febrero, a través del diario oficial El Peruano.

El indulto común implica el perdón total de la pena privativa de libertad o medida socioeducativa de internación, cuyo efecto es su culminación y la libertad inmediata. El reglamento establece que la Comisión recomienda la concesión del indulto común siempre y cuando el solicitante no registre más de una condena efectiva ni procesos penales pendientes con mandato de detención o requisitorias vigentes. Además, el solicitante debe encontrarse en etapa de mínima seguridad del régimen cerrado ordinario.

En el caso de indulto y derecho de gracia por razones humanitarias, solo se aplica cuando los solicitantes padecen enfermedades terminales o enfermedades no terminales graves, que sean incurables y de evolución progresiva, que se encuentren en etapa avanzada, siempre que las condiciones de internamiento puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad. También si padecen trastornos mentales crónicos, irreversibles y degenerativos; y además que las condiciones de internamiento puedan colocar en grave riesgo su vida, salud e integridad.

¡Mira RPP en YouTube!

Noticias, entretenimiento en vivo, debates intensos sobre fútbol y más. ¡Entra ya! 👇

¡Suscríbete gratis

Otra gracia presidencial es la conmutación o reducción de la pena privativa de libertad o medida socioeducativa de internación impuesta en una sentencia consentida. En estos casos, la Comisión de Gracias Presidenciales podrá recomendarla siempre y cuando el solicitante no registre procesos penales pendientes con mandato de detención o requisitorias vigentes.

Por otro lado, está el derecho de gracia común, que es la potestad del presidente de la República para extinguir la acción penal a los procesados, y la Comisión podrá recomendarlo solo en los casos en que la etapa de instrucción o de investigación preparatoria haya excedido el doble de su plazo más su ampliación o prórroga, respectivamente. Además, el procesado debe acreditar la realización de actividades laborales, educativas o culturales dentro del establecimiento donde se encuentra recluido.

Finalmente, se encuentra el derecho de gracia por razones humanitarias, que implica el perdón de un proceso penal en curso o de responsabilidad penal adolescente debido a condiciones graves de salud. Se rige por los mismos criterios médicos que el indulto humanitario (enfermedades terminales, avanzadas o trastornos mentales irreversibles). Es importante notar que la condición de "procesado" se mantiene para el análisis de esta gracia mientras no exista una sentencia firme.

La resolución deja sin efecto el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales y sus anexos, aprobados en 2010. En la nueva norma se indica que su objetivo es establecer un procedimiento para el procesamiento de solicitudes de gracias presidenciales presentadas a la Comisión de Gracias Presidenciales por las personas privadas de libertad y liberadas pertenecientes al Sistema Penitenciario Nacional, así como por los adolescentes con medidas socioeducativas de internación pertenecientes al Sistema Nacional de Reinserción Social.

Te recomendamos
Informes RPP

De Palacio a Palacio: los juicios acechan a los expresidentes en 2025

Los expresidentes Alejandro Toledo, Pedro Castillo y Martín Vizcarra fueron protagonistas de la agenda judicial durante el 2024 a raíz de los procesos judiciales que enfrentan y que volverán a tomar vigencia en 2025. En el presente informe conozca un poco más sobre las investigaciones y procesos que estos Y otros exmandatarios tienen pendientes con la justicia.

Informes RPP
Informes RPP
00:00 · 00:00
Video recomendado
Tags

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA