Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
El mundo permanece en alerta
EP 1223 • 06:11
Reflexiones del evangelio
Domingo 8 de diciembre | (Inmaculada Concepción) - "Concebirás en tu vientre y darás a luz un hijo, y le pondrás por nombre Jesús. Será grande, se llamará Hijo del Altísimo"
EP 840 • 12:06
El poder en tus manos
EP133 | INFORMES | Especialistas y autoridades discutieron las reformas mínimas que deben realizarse antes de las próximas elecciones en CADE 2024
EP 133 • 04:04

Espinosa-Saldaña: Sentencia a favor de Humala y Heredia no crea precedentes sobre prisión preventiva

El magistrado del Tribunal Constitucional dijo que para que exista precedente se necesitan los votos en un sentido de cinco magistrados. En el caso de Humala y Heredia, solo hubo cuatro.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Judiciales

RPP Noticias

El magistrado del Tribunal Constitucional Eloy Espinosa-Saldaña negó que la sentencia a favor de la excarcelación sobre Ollanta Humala y Nadine Heredia origine un precedente sobre los pedidos de prisión preventiva. En conversación, con RPP Noticias, indicó que el TC ha “ordenado” la jurisprudencia respecto a esta medida cautelar.

“Para que exista un precedente tiene que haber 5 votos de los magistrados en un sentido y tiene que haber la fijación de ciertas reglas que son de cumplimiento inamovibles para todos los casos sustancialmente iguales. Eso no se ha aprobado en este caso”, dijo. 

“La jurisprudencia del Tribunal y de la misma Corte Suprema establecen pautas que se tiene que mirar, y las hemos aplicado al caso concreto, eso no es fijar un precedente. Eso es ordenar la jurisprudencia para aplicarla a un caso concreto. […] No estemos generando un nuevo escenario, por el cual desaparece la prisión preventiva. Eso no hemos planteado nosotros”, añadió.

Sentencia

El magistrado también recordó que la sentencia no se trata de la inocencia o culpabilidad del expresidente y su esposa. “Para poder plantear una medida tan extrema, como una prisión preventiva, hay que cumplir con ciertos requisitos a rajatabla. Si no se cumple con esos requisitos, se puede plantear otras medidas cautelares. […] No podemos meter a cárcel a alguien si no tenemos los elementos suficientes para hacerlo”, sostuvo.

El magistrado Espinosa-Saldaña indicó que las medidas cautelares que se pidan en un juzgado durante un proceso tienen que “respetar parámetros constitucionales”. Consultado si las dos salas de la Sala Penal Nacional (1º Juzgado de Investigación Preparatoria y 2 º Sala Penal de Apelaciones) respetaron la presunción de inocencia de Humala y Heredia, dijo que “nadie es infalible”.

“Un juez puede no hacer una evaluación suficiente de algunos aspectos constitucionales”, indicó.

Son “patrañas”

El magistrado calificó de “una patraña inventada” que algunos políticos lo identifiquen como ‘Ojitos’, en referencia a la anotación en la agenda de la exprimera dama. Dijo que se trata de una mentira difundida para descalificarlo por las decisiones que adopta en sus fallos. “No me doblego frente a presiones”.

También recordó que en el 2015 votó a favor de un recurso de agravio constitucional que presentó la Fiscalía para poder reabrir la investigación por lavado de activos que había sido archivada. “Es el TC, con voto mío, que permita que se haga la investigación ¿dónde está el favoritismo? Yo no resuelvo viendo el color político o cualquier otra consideración de las personas, yo resuelvo en función a los parámetros constitucionales”, dijo.

Derechos fundamentales

Este jueves, el TC resolvió a favor de Humala y Heredia con los votos de cuatro magistrados: Ernesto Blume, Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos Núñez y Augusto Ferrero Costa. En conferencia de prensa, el presidente del TC dijo que los “derechos fundamentales o derechos humanos no tienen rostro”.

En ese sentido, en el fundamento 141, la sentencia indica que los jueces y fiscales no deben dejarse influenciar por el juicio mediático: “Más allá del juicio mediático, y más allá de la gravedad de los cargos, los jueces deben recordar que tener ante sí a un procesado es interactuar, en principio, con una persona inocente, porque la protege la presunción de inocencia”.

Tags

Lo último en Judiciales

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA