La Corte Superior Nacional confirmó, por mayoría, la resolución que declaró infundado el recurso de nulidad planteado por la defensa de Keiko Fujimori y otros contra la disposición fiscal que concluyó la investigación que se les sigue por los delitos de organización criminal y otros.
La Corte Superior Nacional confirmó, por mayoría, la resolución del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria que declaró infundado el recurso de nulidad planteado por la defensa de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros, contra la disposición fiscal que concluyó la investigación que se les sigue por los delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado.
De esta manera, la Sala confirmó la resolución del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, emitida en junio del 2021, mediante la cual se declaró infundada la nulidad interpuesta por las defensas técnicas de Jaime Yoshiyama Tanaka, el partido Fuerza Popular, Keiko Fujimori, Mark Vito Villanella, MVV Bienes Raíces y Luis Barboza Dávila contra una disposición fiscal de marzo del 2021 emitida en el proceso seguido por el delito de lavado de activos y otros en agravio del Estado.
Precisamente, en marzo de este año, el fiscal José Domingo Pérez, del Equipo Especial Lava Jato presentó una acusación contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori y otras 41 personas, incluidas en el caso conocido como 'cocteles', que investigó por presuntos aportes ilícitos en la campaña electoral de 2011.
La acusación se formuló por los presuntos delitos de crimen organizado, lavado de activos, obstrucción a la justicia, falsa declaración en procedimiento administrativo. El documento fiscal incluía más de 15 mil páginas y fue presentado ante el despacho del juez Víctor Zúñiga Urday
En el caso de Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper y Adriana Tarazona las penas solicitadas por el Ministerio Público fueron de fueron de 30 años y 10 meses de prisión, por los delitos antes mencionados, mientras que para otros 33 acusados las penas van desde los seis a los 22 años de cárcel.
La acusación fiscal también incluía un pedido de cárcel para Mark Vito Villanella, esposo de Keiko Fujimori, por 22 años y ocho meses por el presunto delito de lavado de activos, y 6 años y 6 meses para Giulliana Loza, abogada de la líder de Fuerza Popular, por el presunto delito de obstrucción a la justicia.
La acusación también incluía al partido Fuerza Popular (antes Fuerza 2011) y la empresa MVV Bienes Raíces SAC, como imputados para que, en caso de lograr una sentencia condenatoria, se pida su disolución y liquidación. La investigación preparatoria de este caso se formalizó el 19 de octubre de 2018 y concluyó el 11 de marzo de 2021, desarrollándose durante 2 años, 4 meses, 11 días.
Fiscal Pérez advierte falta de apoyo de Fiscalía
Semanas atrás, el fiscal José Domingo Pérez advirtió que hasta el momento su despacho no ha podido notificar completamente los documentos relacionados a la acusación integrada del caso de Keiko Fujimori, debido a falta de apoyo administrativo.
En audiencia de la etapa intermedia de este proceso, un grupo de abogados de los acusados le dijo al juez que aún no habían sido notificados con las nuevas pruebas que la Fiscalía presentó junto a su requerimiento integratorio, a fines de septiembre de este año. En dicho pedido se incluyeron un total de catorce procesados más en el caso.
En respuesta, el fiscal del Equipo Lava Jato indicó que esto se debía a que no han recibido apoyo logístico de parte de la Gerencia General del Ministerio Público, cuyo nuevo titular a partir de hoy es Mariano Cucho Espinoza, quien, según el fiscal, es testigo dentro del caso de los aportes a las campañas de Keiko Fujimori y Fuerza Popular.
"Logísticamente, la Fiscalía no nos da los medios para poder acompañar en teras o en unidades de almacenamiento amplio los folios que contienen los medios de prueba", dijo José Domingo Pérez.
Por este motivo, añadió, "se está requiriendo con suma urgencia que se nos proporcione estos insumos logísticos al recién nombrado Mariano Augusto Cucho Espinoza, a su vez testigo en este proceso penal, para que pueda cumplir con su función y la Fiscalía pueda cumplir con los requerimientos que el juzgado nos está ordenando".
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