El abogado Jorge Massa dijo que el pedido busca que la resolución que benefició a los empresarios Fernando Camet Piccone, José Castillo Dibós y Gonzalo Ferraro Rey alcance a su representado.
La defensa del empresario José Graña Miró Quesada informó que ayer ha presentado un pedido a la Sala Penal Nacional para que se cambie por comparecencia la prisión preventiva dictada en contra del expresidente del Directorio de Graña y Montero.
En Ampliación de Noticias, Jorge Massa, abogado del empresario, detalló que el pedido busca que la resolución que benefició a los empresarios Fernando Camet Piccone (JJ Camet), José Castillo Dibós (ICCGSA) y Gonzalo Ferraro Rey (Graña y Montero) alcance a su representado.
“El tema es bastante simple: los fundamentos de la Sala para emitir esta resolución a favor de esas tres personas son fundamentos que tienen un alcance general. Son los mismos fundamentos con los que se dio la medida de prisión preventiva contra Hernando Graña y José Graña, que es mi patrocinado”.
“Si hay igual razón, la cuestión es que debe haber igual derecho. Si estamos en la misma condición de estos señores, la Sala debe extender este razonamiento y conceder la comparecencia a mi patrocinado”, agregó Massa.
El abogado, incluso, dijo que hay dos factores que pueden terminar por inclinar la balanza a favor de su representado. Primero, José Graña solo está investigado por el delito de colusión, a diferencia de Camet, Castillo y Ferraro, que están investigados por colusión y lavado de activos. “Además, si vemos el tema de edad, José Graña tiene 72 años y el Código Procesal Penal contempla que a esa edad las medidas restrictivas deben ser más atenuadas”, sostuvo.
Los beneficiados
El Poder Judicial revocó la orden de 18 meses de prisión preventiva contra los empresarios Camet y Castillo Dibós. Asimismo, la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional dejó sin efecto el arresto domiciliario dictado contra Gonzalo Ferraro Rey, ex funcionario de Graña y Montero.
La Sala Penal Nacional dictó orden de comparecencia simple al considerar que no estaba comprobada su responsabilidad en la comisión de los delitos de colusión y lavado de activos.
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