El coordinador del Equipo Especial del Caso Lava Jato estimó que esta decisión “permite que nosotros podamos seguir haciendo nuestro trabajo”.
El magistrado Rafael Vela, coordinador del Equipo Especial del Caso Lava Jato, aseguró que el fallo de la jueza María de los Ángeles Álvarez resolvió el reembolso a Odebrecht del dinero que retuvo el Estado por la venta de la central hidroeléctrica Chaglla, en Huánuco.
En entrevista con el diario El Comercio, el fiscal señaló que esta decisión “permite que nosotros podamos seguir haciendo nuestro trabajo”, y así se mantiene el acuerdo de colaboración entre la Fiscalía, la Procuraduría y la empresa brasileña.
“El Poder Judicial ha resuelto que no hay ninguna controversia pendiente por definir y que el acuerdo debe ser objeto de ejecución en sus propios términos, es decir, conforme lo decidió la señora jueza cuando lo aprobó”, comentó.
“(El fallo) implica la devolución del dinero que estaba en el fideicomiso producto de la venta de la hidroeléctrica Chaglla con la deducción del pago de la cuota de la reparación civil y los reajustes de las obligaciones tributarias que podrían estar pendientes desde el momento en que se aprobó el acuerdo”, sentenció.
Vela Barba adelantó que tanto el fiscal José Domingo Pérez, el procurador ad hoc Jorge Ramírez como la propia constructora “deberán analizar los mecanismos de ejecutabilidad y podamos continuar con nuestro trabajo”.
Al ser consultado por las reacciones negativas que habrá contra este fallo (hasta el Ejecutivo se mostró en contra de devolverle el dinero a Odebrecht), el fiscal coordinador señaló que se trata de “declaraciones inadecuadas”.
“Lo dijimos en el caso del presidente del Poder Judicial que permanentemente generaba opiniones que desde nuestro punto de vista eran intromisiones, hasta del presidente de la República en su momento”, recordó.
Pese a que reconoció que es un fallo apelable, estimó que “sería contradictorio que estando todos de acuerdo alguien pueda apelar ese fallo”.
Rafal Vela descartó que el Ejecutivo pueda desconocer este fallo, ya que se trata de “una obligación de carácter constitucional”. “En general, los fallos judiciales tienen que ser objeto de cumplimiento”, sentenció.
Comparte esta noticia