A través de un comunicado, la institución precisó que corresponde a las partes que intervienen en el caso solicitar por conducto regular la publicación de este documento.
El Poder judicial aclaró que no puede decidir de forma unilateral la publicación del acuerdo de colaboración eficaz suscrito entre la Fiscalía y la Procuraduría Ad Hoc con la empresa Odebrecht.
A través de un comunicado, la institución precisó que corresponde a las partes que intervienen en el caso solicitar por conducto regular la publicación de este documento.
En el comunicado, la jueza María Álvarez Camacho, titular del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria del Sistema Nacional Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a cargo de este proceso de colaboración eficaz, negó que corresponda a esta judicatura determinar la publicación del íntegro de este documento.
La magistrada explicó que el artículo 2.7 del Reglamento de Colaboración Eficaz establece como principio que rige el proceso el de reserva. Asimismo, señaló que si bien es posible que cualquiera de los sujetos procesales legitimados soliciten la publicación de este documento, esto no ha ocurrido.
La jueza Álvarez también alertó que decidir de manera unilateral la publicación de este documento sería "desconocer el trámite de incidencias en ejecución de sentencias" y, además, podría significar "una afectación a la tesis de investigación y estrategia de actuación de Fiscalía".
Finalmente, el Poder Judicial resaltó que el proceso de colaboración eficaz, que busca "perseguir eficazmente la delincuencia", es "de naturaleza autónoma" y, por ende, "se rige por sus propias reglas". Agregaron que este solo es de conocimiento del fiscal, del colaborador, el agraviado y el juez, quien comunica el fallo para su cumplimiento.
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