La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Anticorrupción concluyó que no existe figura procesal que ampare la solicitud del investigado Alfredo Zapata Velasco.
El Poder Judicial confirmó el fallo que declaró improcedente el pedido del exárbitro Alfredo Zapata Velasco para sustituir el pago de una caución de 100 000 soles por un inmueble, cedido por un familiar , en la investigación que afronta por el caso arbitrajes para Odebrecht.
La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Anticorrupción adoptó esta medida al desestimar la apelación presentada por la defensa legal del exárbitro para dejar sin efecto la decisión que adoptó el juez Jorge Chávez Tamariz respecto a su pedido para sustituir el pago de una caución personal por un bien real dentro de este caso.
La defensa legal de Alfredo Zapata dio cuenta que la caución que se le fijó a su patrocinado para recuperar su libertad fue pagada por medio de préstamos que le hicieron sus familiares al encontrarse en estado de insolvencia económica a raíz de esta investigación.
Ante ello, pidió al Poder Judicial sustituir este pago efectuado por un inmueble cedido por uno de sus hijos tras anotar que debe devolver el dinero que le fue prestado por sus familiares.
No obstante, la sala superior confirmo la decisión adoptada por Chávez Tamariz al coincidir respecto a que no existe una figura procesal que ampare la solicitud del procesado.
En la audiencia virtual realizada el ultimo 29 de julio donde se analizó este pedido, el fiscal superior adjunto Reggis Chávez pidió a la sala que se confirme el fallo de primera instancia al anotar que lo que en realidad plantea la defensa legal del exárbitro es sustituir una caución por una “fianza personal”, la cual debe ser respondida con su propio patrimonio antes de efectuarse el pago judicial y no después, porque ello va en contra de esta medida.
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