Luego de varios días de audiencia, el Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria acogió en parte el pedido fiscal contra el suspendido gobernador del Callao, quien está hasta el momento no habido.
El Poder Judicial dictó 24 meses de prisión preventiva contra el exgobernador del Callao, Ciro Castillo Rojo, por el delito de organización criminal y colusión agravada, en el marco del caso denominado ‘Los socios del Callao’.
Así lo determinó el juez Edie Walther Solórzano Huaraz del Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Callao, quien luego de más de 10 días de audiencias acogió en parte el requerimiento fiscal contra el suspendido gobernador del primer puerto, que permanece como no habido.
Además, el magistrado dispuso la inmediata ubicación y captura de Castillo Rojo, por lo que solicitó que las fuerzas policiales realicen los esfuerzos necesarios para detenerlo.
La medida también comprende a otras ocho personas, que habrían estado involucradas en los hechos por los que se investiga la existencia de esta presunta organización criminal que, según Fiscalía, se enquistó en el Gobierno Regional del Callao.
#Importante. Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Callao ordena 24 meses de prisión preventiva contra Ciro Castillo Rojo Salas y otros ocho investigados por el delito de organización criminal y colusión agravada Siga por: https://t.co/p8STfSEWAr pic.twitter.com/LwxeNr92CX
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) January 11, 2026
Investigación
De acuerdo con Fiscalía, la organización criminal habría operado durante 2023 dirigiendo más de 60 contrataciones públicas en el Gobierno Regional del Callao y el Comité de Administración del Fondo Educativo de dicha región, lo cual habría generado un perjuicio económico al Estado de S/ 1 461 121.10.
La organización delictiva estaría integrada por funcionarios y servidores públicos del GORE Callao y habría tenido como uno de sus líderes a Castillo Rojo.
Fiscalía señala que la banda criminal habría conseguido que se otorgue contrataciones por montos iguales o inferiores a 8 unidades impositivas tributarias, evitando los procesos de selección establecidos por ley.