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PJ ordenó excluir a José Graña de proceso penal que seguía junto a exministro Jorge Luis Cuba por caso Metro de Lima

El empresario solicitó ser excluido de este caso en atención a la sentencia judicial que se le impuso en su condición de colaborador eficaz.
El empresario solicitó ser excluido de este caso en atención a la sentencia judicial que se le impuso en su condición de colaborador eficaz. | Fuente: Congreso de la República

El juez Richard Concepción Carhuancho declaró fundada la solicitud que presentó dicho empresario para ser excluido, en atención a la sentencia judicial que se le impuso por ser colaborador eficaz.

El Poder Judicial ordenó excluir al empresario José Alejandro Graña Miro Quesada del proceso penal que se le seguía junto al exviceministro de Comunicaciones Jorge Luis Cuba Hidalgo y otros por el caso denominado ‘Metro de Lima’ vinculado a Odebrecht.

El juez Richard Concepción Carhuancho adoptó esta medida al declarar fundada la solicitud que presentó dicho empresario, a través de su defensa legal, a fin de ser excluido de este caso en atención a la sentencia judicial que se le impuso en su condición de colaborador eficaz.

El magistrado determinó la aplicación de la figura jurídica de la ‘cosa juzgada’ ya que dicho empresario reconoció los cargos que se le atribuían por los delitos de colusión y lavado de activos dentro de esta sentencia de colaboración eficaz incluyendo el caso Metro de Lima.

“En consecuencia, con base a lo antes expuesto, este Despacho concluye que, respecto a la solicitud de cosa juzgada a favor de José Alejandro Graña Miro Quesada como autor del delito de lavado de activos y colusión en los hechos denominado ‘tren eléctrico’, debe sobreseerse, al existir cosa juzgada, al existir un reconocimiento expreso respecto a los cargos atribuidos, por lo que no se le puede seguir investigando por los mismos hechos, en atención a que la sentencia tiene carácter oponible en cualquier estado del proceso, por lo que en este extremo, corresponde declarar fundada la solicitud de cosa juzgada”, precisa en su resolución.

Condena

En el marco de esta sentencia de colaboración eficaz, dicho empresario fue condenado a 4 años de pena privativa de la libertad, cuya ejecución se dispuso se suspenda por el periodo de prueba de 3 años. Así también se fijó por concepto de reparación civil la suma de 39 941 874.21 soles, estableciendo diversas reglas de conducta y medidas de protección.

Dicho empresario, junto a Hernando Graña Acuña, fueron excluidos del proceso penal que se les seguía junto al expresidente Alejandro Toledo y otros por el caso de la Carretera Interoceánica Sur, tramos II y III, vinculado a Odebrecht, debido a esta sentencia de colaboración eficaz.

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Julio Cisneros

Julio Cisneros Periodista

Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres en la especialidad de Periodismo Radial. Especialista en temas judiciales y política. Apasionado por la historia , la literatura y el cine. Amante de la música, en especial los géneros new wave y synth pop.

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