"No tener esa restricción hace posible que el imputado (Pedro Pablo Kuczynski) se aleje del lugar del proceso o no sea encontrado", argumentó el juez Jorge Chávez Tamariz en la resolución.
Judiciales
El expresidente Pedro Pablo Kuczynski es investigado por el caso Westfield Capital vinculado a Odebrecht
El expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) seguirá acatando la regla de conducta que le prohíbe ausentarse del lugar donde reside en Lima Metropolitana sin previa autorización judicial. Ello, a raíz de la investigación en su contra por el caso Westfield Capital vinculado a Odebrecht.
Así lo resolvió la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional al declarar infundado el recurso de apelación que presento Kuczynski Godard, a través de su defensa legal, para que se revocará la resolución que emitió el juez Jorge Chávez Tamariz el último 11 de abril. En dicha resolución se rechazó su pedido para que se "levante o varíe de manera parcial" la regla de conducta que se le impuso al exmandatario.
Julio Midolo, abogado del exjefe de Estado, sostuvo en su recurso de apelación que mantener esta restricción contra su defendido de 85 años, a más de seis años de iniciada está investigación fiscal, vulnera el debido proceso constitucional. Además, agregó que en la actualidad su patrocinado viene cumpliendo con pasar con el control biométrico sobre sus actividades y cuenta con custodia policial por su condición de exmandatario, con lo que se descarta el peligro procesal de fuga
Por ello, Midolo propuso que el exmandatario se limitara a informar al Poder Judicial y al Ministerio Público cuando tenga que trasladarse fuera de los extremos de Lima Metropolitana.
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Decisión de la Sala Superior
No obstante, los argumentos de la defensa de Kuczynski, la Sala Superior confirmó lo resuelto por el juez Chávez Tamariz al determinar que con esta restricción se busca evitar cualquier forma de eludir la acción de la justicia o cualquier perturbación en la actividad probatoria por parte del imputado y que esté disponible cuando sea requerido para una diligencia o una audiencia por parte de la autoridad fiscal o judicial.
"No tener esa restricción hace posible que el imputado se aleje del lugar del proceso o no sea encontrado para participar en la diligencia o audiencia programada perturbando de esa forma la actividad procesal, es una restricción que tiene referencia tanto con el peligro de fuga como con el de obstaculización en la averiguación de la verdad del proceso", se lee en la resolución del colegiado superior a la que tuvo acceso RPP Noticias.
Sobre la custodia policial asignada a la seguridad y protección del exmandatario, el tribunal superior precisó que este servicio no fue dispuesto por el juez de la causa y por ello estos efectivos policiales no tienen obligación alguna de dar cuenta a la autoridad jurisdiccional sobre las actividades de su defendido.
Sobre el expresidente Pedro Pablo Kuczynski pesan otras investigaciones fiscales como el caso de la Carretera Interoceánica Sur, tramos 2 y 3 vinculado a Odebrecht, el Proyecto de Irrigación Trasvase Olmos y los aportes a su campaña presidencial en el año 2016.
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