Juzgado de Investigación Preparatoria declaró fundado el requerimiento que hizo la Fiscalía Anticorrupción para que se ejecute está medida como parte de una investigación preliminar relacionada al trámite que realizó el futbolista Roberto Siucho en el 2019 para renunciar a su nacionalidad peruana a fin de que pudiera jugar en China.
El Poder Judicial ordenó ampliar el plazo del levantamiento del secreto de las comunicaciones del exconductor de televisión Andrés Hurtado, conocido como 'Chibolín', y de la exsuperintendente nacional de Migraciones, Roxana del Águila, en la investigación preliminar que se les sigue en la Fiscalía por el presunto delito de tráfico de influencias en agravio del Estado.
El Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima declaró fundado el requerimiento que hizo la Fiscalía Anticorrupción, el último 22 de octubre, para que se ejecute está medida como parte de esta investigación preliminar relacionada al trámite que realizó el futbolista Roberto Siucho en el 2019 para renunciar a su nacionalidad peruana a fin de que pudiera jugar en China.
La instancia judicial dispuso que las empresas de telecomunicaciones del país remitan el registro histórico de las llamadas entrantes, salientes, marcadas y perdidas (con indicación de la fecha, hora y tiempo de duración) de un número celular y de los números registrados a nombre de los investigados en el rango comprendido desde el 1 de abril del 2018 hasta el 30 de noviembre del 2019 y del 1 de septiembre del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2022, así como de dos números telefónicos desde el 1 de abril de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Además, determinó que resulta necesario conocer el tráfico de llamadas entrantes y salientes de todos los números que pudiera registrar los investigados, así como poder identificar a las personas con las que habría mantenido comunicaciones, a fin de corroborar o descartar con quienes mantenían comunicación telefónica, la coincidencia geográfica de estas llamadas y las presuntas reuniones entre los involucrados en el presente hecho investigado.
Levantamiento del secreto bancario y reserva tributaria
El Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima también acogió el requerimiento que hizo la Fiscalía Anticorrupción, el último 22 de octubre, para se ordene una ampliación del plazo del levantamiento del secreto bancario y de la reserva tributaria de Andrés Hurtado y Roxana del Águila respecto a los periodos comprendidos del 1 de abril del 2018 hasta el 30 de noviembre del 2019 y del 1 de septiembre del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2022.
La instancia judicial dispuso que la Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFP requiera a las entidades bancarias (públicas y privadas) y otras del mismo rubro informen si estos investigados son titulares de cuentas de ahorros, crédito, corrientes, personal y si registran cuentas mancomunadas con otras personas e informen sobre los movimientos realizados en las cuentas halladas a nombre de los investigados y los que resulten afectados, en los periodos señalados.
Asimismo, ordenó que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) remita información, documentos y declaraciones de carácter tributario de los investigados correspondiente a los periodos indicados.
Finalmente, ordenó que ambos mandatos deben ser ejecutados en el plazo de diez días hábiles de recibida la presente resolución y requirió al representante del Ministerio Público con informar, en el plazo de 60 días, la ejecución de estas medidas para lo cual se deberá dar cuenta una vez transcurrido el plazo otorgado.
Al respecto, el abogado de Roxana del Águila, Fernando Silva, se pronunció brevemente sobre el particular. "Nosotros nos hemos allanado y no hay ninguna complicación al respecto", dijo en una entrevista con RPP.
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