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Debida diligencia empresarial y defensores indígenas

Los procesos de debida diligencia son fundamentales para nuestra región, y nuestro país en particular. La falta de seguimiento a las cadenas de producción coloca a los defensores y defensoras indígenas en situaciones de riesgo constante. Cabe repasar las muertes de líderes y lideresas indígenas, así como el desplazamiento forzado de comunidades enteras, a causa de las actividades ilegales en la Amazonía.

Hace algunas semanas, el gobierno alemán anunció un acuerdo multipartidario para aprobar una ley sobre debida diligencia empresarial en derechos humanos de carácter obligatorio, la cual será aplicada a partir del 2023 a empresas con más de 3000 empleados, y a partir del 2024 a empresas con más de 1000 empleados. Cabe recordar que en el marco regulatorio alemán ya existen normas de carácter voluntario que fueron adoptadas, a través de su Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos en el 2016, pero que al momento solo 1 de cada 5 empresas han decidido adoptar.

La debida diligencia empresarial está definida por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) como el proceso que deben llevar a cabo las empresas para identificar, prevenir, mitigar y explicar cómo abordan los impactos negativos reales y potenciales relacionados con el gobierno corporativo, los trabajadores, los derechos humanos, el medio ambiente, el cohecho y los consumidores en sus propias actividades, su cadena de suministro y otras relaciones comerciales.

En tanto este proceso implica la implementación de medidas eficaces para conocer los impactos de sus actividades, y de sus cadenas de suministros; así como la creación de mecanismos de participación y transparencia; su implementación toma en cuenta su carácter progresivo, considerando los tiempos que requieren para implementarlo, y la capacidad de las empresas para ello.

Normas de este tipo vienen siendo propuestas y discutidas en varios países europeos, aunque aún con resistencias de una parte de los actores. Por ejemplo, a finales del año pasado, Suiza rechazó en una votación muy cerrada la posibilidad de sancionar a sus empresas multinacionales por violaciones a derechos humanos cometidas en el extranjero. Sin embargo, sí entrará en vigor la obligación de contar con procesos de debida diligencia en su cadena de producción por recomendación del propio parlamento suizo.

| Fuente: Freeimages

Estos procesos de debida diligencia son fundamentales para nuestra región, y nuestro país en particular. La falta de seguimiento a las cadenas de producción no solo precariza la protección de los derechos humanos, en favor de empresas formales en varias partes de la región, sino que, además, fomentan actividades ilegales que crean incentivos de corrupción a nivel de gobiernos locales, regionales y nacionales. Asimismo, como hemos visto en los últimos años, colocan a los defensores y defensoras indígenas en situaciones de riesgo constante. Cabe repasar las muertes de líderes y lideresas indígenas, así como el desplazamiento forzado de comunidades enteras, a causa de las actividades ilegales en la Amazonía.

Estas actividades sirven de fuente de insumos para muchas empresas legales actualmente en nuestra región. Dos casos que pueden ser muy ilustrativos de ello. Por un lado, hace una semana indígenas de Colombia y Brasil demandaron a una cadena francesa de supermercados, con filiales en cada uno de estos países, en tanto adquieren carne de proveedores con denuncias por la deforestación de bosques y vulneraciones a derechos humanos, esto en el marco de la norma francesa sobre debida diligencia aprobada en el 2017.

De otro lado, en marzo del año pasado, el Instituto de Defensa Legal – IDL, comunicó que un banco noruego había retirado el financiamiento a una empresa peruana que había sido descubierta por un reportaje periodístico comprando aceite de palma en zonas deforestadas con el apoyo de un sistema de corrupción en el gobierno regional de Ucayali, y amenazando constantemente la vida de los miembros de la comunidad shipiba-coniba de Santa Clara de Uchunya.

No queda duda que la responsabilidad por la protección de los defensores y defensoras indígenas es una obligación del Estado peruano. Sin embargo, fortalecer la debida diligencia empresarial en el sector formal en el Perú puede tener un efecto positivo para desincentivar el crecimiento de las actividades ilegales. Cabe señalar, que desde ciertos sectores empresariales se viene trabajando, cada vez más, en su consolidación dentro de sus actividades. Por ello, el Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos, que actualmente está siendo elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debe poner énfasis en consolidar dichos esfuerzos, y masificarlos en aquellos donde aún no se ha comenzado.

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Coordinador del Área Académica y de Investigación del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP) y responsable de las líneas de pueblos indígenas, y de Empresas y Derechos Humanos. Especialista en políticas públicas, derechos humanos y gobernabilidad.

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