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El jurel: Una abundancia transitoria

En el pasado, la pesca de anchoveta estuvo marcada por la carrera olímpica para capturar este recurso, poniéndolo en riesgo de sobreexplotación. ¿Estamos en una situación parecida con el jurel?

El jurel es la especie de mayor consumo de las familias peruanas desde hace ya varias décadas. Cuando las capturas de esta especie se reducen en el país, entonces crecen las importaciones de jurel congelado desde Chile, especie que luego es vendida en los espacios de comercialización de pescado fresco.

Los volúmenes de desembarque del jurel en el Perú son variables. En los últimos años las capturas han sido bajas. La flota artesanal es la abastecedora más estable, aunque, como lo hemos señalado, comparte el mercado con el jurel importado. Por su parte, la flota industrial, que tiene permiso para pescar jurel y caballa, también lo captura, pero solo cuando esta especie aparece.  

El 18 de enero de este año se estableció la cuota anual de jurel en 100 000 Toneladas Métricas (TM), de las cuales un 70% es para la flota industrial y un 30% para la flota artesanal. El Ministerio de la Producción (PRODUCE) estimó que, para el 3 de marzo, la flota industrial alcanzó su porción de la cuota (70 000 TM), por ello, cerró sus actividades. Luego de esto, la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) ha solicitado una ampliación de la cuota.

Sin embargo, es pertinente comentar lo ocurrido con el jurel en estas semanas y conocer algunos aspectos necesarios que deben tomarse en cuenta en toda actividad pesquera.

Una situación frecuente en las pesquerías es la carrera por el recurso. Hemos vivido una   intensa carrera por la captura de la anchoveta. ¿Estamos en una situación parecida con la flota industrial y con el jurel? De darse una cuota adicional como lo ha solicitado la SNP, ¿en cuánto tiempo se cumpliría con la nueva cuota de pesca?

| Fuente: Andina

Otro hecho recurrente a tomar en cuenta es que en estas semanas se ha informado que la oferta de jurel fresco por parte de la flota industrial ha destruido los mercados locales. Es tanta la oferta, que los sistemas de precios han colapsado, afectando a los pescadores artesanales e incluso se ha desperdiciado una gran parte de las capturas. Algunas tuvieron que ser arrojadas al mar por su bajo o nulo valor económico.

También se debe considerar que la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero (OROP), si bien rige fuera de nuestra jurisdicción, dispone medidas que tenemos que respetar en el ejercicio de nuestra soberanía y que evite nuestro aislamiento en estas instancias.

En base a estas consideraciones, es pertinente evaluar algunas opciones de regulación en la pesquería de jurel.

Todas las capturas de jurel (y de caballa) logradas por la flota industrial se deben procesar obligatoriamente en congelado, en conservas y curado, además de supervisar lo que se destina para la harina de pescado. Ello porque, como hemos visto, la venta en estado fresco impacta en un número importante de pescadores artesanales, pues el mercado se satura con un exceso de oferta que desvaloriza el producto.

Se deben adoptar disposiciones como las que rigen para otras pesquerías. Por ejemplo, la flota que pesca anchoveta para el Consumo Humado Directo (CHD) tiene prohibido venderla fresca y más bien debe entregar todo el producto a una o varias plantas pesqueras. Lo mismo sucede con los pescadores artesanales en el norte, quienes tienen prohibido vender merluza a las plantas procesadoras. En el mismo sentido, se debe prohibir que las capturas de jurel de las embarcaciones industriales se destinen a los mercados nacionales en estado fresco.

Asimismo, se debe establecer topes de capturas mensuales para que las temporadas de captura sean más extensas. No se puede pescar 70 000 TM en 45 días. Por lo tanto, solicitar más, en las mismas condiciones, es ahondar el problema, no solucionarlo.

En tercer lugar, se debe diseñar y ejecutar un “Programa de apoyo a la pesca de jurel” de embarcaciones de menor escala y artesanales. El programa debe comprender las condiciones de capturas, las formas de estiba (distribución y colocación adecuada de la carga en una embarcación) y de conservación, las condiciones oceanográficas asociadas a la distribución de este recurso, los mercados u otros, que permitan un mejor aprovechamiento del jurel y no sucedan hechos como los ocurridos en las últimas semanas.

Mientras terminaba de escribir esta columna, recibo la noticia sobre la ampliación de la cuota de jurel hasta 140 000 TM, las cuales solamente pueden ser capturadas por la flota artesanal, a lo largo del año (recordemos que es una cuota anual). Ahora que ya se estableció la nueva cuota, debemos hacer un seguimiento a la evolución de esta pesquería, para determinar las regulaciones más apropiadas, en beneficio de todos los peruanos.

 

NOTA: “Ni el Grupo RPP, ni sus directores, accionistas, representantes legales, gerentes y/o empleados serán responsables bajo ninguna circunstancia por las declaraciones, comentarios u opiniones vertidas en la presente columna, siendo el único responsable el autor de la misma.

Es Director de Pesquerías de Oceana Perú. Ha sido consultor de la FAO y el Banco Mundial, asesor del Viceministerio de Pesquería e investigador del Centro para la Sostenibilidad Ambiental de la Universidad Peruana Cayetano Heredia.

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