Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El Club de la Green Card
¿Cuánto tiempo necesitas vivir en EE.UU. para ser ciudadano?
EP 136 • 01:55
El poder en tus manos
EP136 | INFORMES | Las fechas electorales clave del 2025 y los retos de los organismos previo a las próximas elecciones
EP 136 • 00:15
Letras en el tiempo
Cómo elegir un cuento
EP 41 • 37:40

Todo lo que tienes que saber sobre el teletrabajo

Esta modalidad permite al trabajador realizar sus tareas laborales desde su casa o desde cualquier lugar, sin necesidad de ir a una oficina, usando las tecnologías de la información y telecomunicaciones.
Esta modalidad permite al trabajador realizar sus tareas laborales desde su casa o desde cualquier lugar, sin necesidad de ir a una oficina, usando las tecnologías de la información y telecomunicaciones. | Fuente: GETTY

A mediados del año pasado el Indecopi fue la primera entidad pública en desarrollar la modalidad del teletrabajo en el país.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

En el año 2016 se registraron a 648 trabajadores contratados bajo la modalidad del teletrabajo, de acuerdo con un sondeo realizado en Lima, por la Dirección de Investigación Socio Económico Laboral del Ministerio de Trabajo.

A tres años y medio de estar vigente la ley y su reglamento, muchas personas aún no saben cómo funciona esta modalidad de trabajo, ante ello  EY Perú explica en qué consiste:

¿Qué es?

El teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones establecidos para los empleados del régimen laboral de la actividad privada, como el derecho al descanso semanal, vacaciones, gratificaciones, CTS, jornada semanal, horas extras, sistemas de salud y pensiones, entre otros.

Ventajas y desventajas para el empleador

Esta modalidad supone un aumento en la productividad de los trabajadores – pues, en principio, existe una correspondencia entre carga laboral y vida familiar – así como un menor costo para el empleador pues reduce los gastos en los que regularmente incurre en cuanto a oficinas, implementos fijos, costos fijos, entre otros. Asimismo, es una modalidad que permitiría al empleador la contratación de personas con discapacidad, a quienes se les dificulte asistir al centro de trabajo.

En cuanto a las desventajas, es posible que esta modalidad genere inconvenientes en cuanto a la supervisión y fiscalización de las labores por parte del trabajador pues estas facultades se ejercen a través de medios digitales o informáticos.

• Ventajas y desventajas para el trabajador

La principal ventaja radica en que le permite conciliar la vida personal/familiar con las responsabilidades laborales, pues le otorga flexibilidad en el manejo de su tiempo y lugar de trabajo. Asimismo, esta modalidad supone un ahorro en cuanto a los gastos de transporte, alimentación, entre otros que incurra regularmente cuando asiste a su centro de labores.

La desventaja de esta modalidad para el trabajador radica en la falta de comunicación con el entorno laboral y, en ciertos casos, la ausencia de una jornada de trabajo específica. El desarrollo de labores en el ámbito familiar, también podría generar un ambiente poco idóneo para que ejecute sus funciones adecuadamente.

• ¿Menores sueldos?

No debería. Esto debido a que la norma que regula esta modalidad es clara en establecer que los tele trabajadores tienen los mismos derechos y beneficios que los trabajadores convencionales. Sin embargo, es importante precisar que, debido a la naturaleza del teletrabajo, a este grupo de trabajadores no les será aplicable los beneficios supeditados a la asistencia al centro de trabajo, tales como bono por asistencia, bono por puntualidad, entre otros que otorgue el empleador.

• ¿Fiscalización por horas de trabajo?

En principio, la norma es clara en establecer que los trabajadores contratados bajo esta modalidad se encuentran sujetos a la jornada ordinaria de trabajo prevista legalmente. Además, es posible que los tele trabajadores se encuentren sujetos a jornada a tiempo parcial o media jornada, en la medida que sean trabajadores sujetos a fiscalización inmediata. Sin perjuicio de lo señalado, es importante resaltar que los tele trabajadores también podrán ser calificados como personal no sujeto a fiscalización inmediata – es decir, excluido de la jornada máxima legal – aplicándose para tal efecto las disposiciones previstas para la modalidad ordinaria de prestación de servicios.

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA