El Ministerio de Economía (MEF) modificó los parámetros de las bebidas azucaradas y cerveza por las que se debe pagar Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó los parámetros para el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) de bebidas azucaradas y cerveza sin alcohol.
A través del Decreto Supremo Nº 266-2018-EF, emitido hoy, se establecen una tasa de 25% para bebidas con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.
En el caso de bebidas con un contenido de azúcares totales de 0.5 a 5 gramos por cada 100 mililitros la tasa del ISC será de 17%.
Dentro se estos rangos se incluyen bebidas como agua, mineral y gasificada, bebidas con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizadas, así como cervezas.
Anteriormente el primer rango era de entre 0.5 y 6 gramos de azúcares por cada 100 ml, mientras que el segundo rango, era para bebidas con 6 gramos de azúcares o más por cada 100 ml.
Solo quedará exceptuadas de esta medida aquellas bebidas con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid).
Asimismo, están exceptuadas de estas condiciones las bebidas que estén clasificadas en la categoría de alimentos destinados a regímenes especiales.
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