El alcalde de Ancón, Samuel Daza, consideró que la sentencia del TC sienta un "precedente enorme" para todas aquellas inversiones que llegan al Perú y que intentan violar los derechos básicos fundamentales como el libre tránsito.
Lima
Samuel Daza: "el peaje de Puente Piedra no ha respetado los derechos al libre tránsito"
El alcalde de Ancón, Samuel Daza, consideró este sábado como un acto de justicia la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que ordenó a Rutas de Lima SAC suspender el cobro del peaje en Puente Piedra.
En Ampliación de Noticias, la autoridad señaló que la sentencia sienta un "precedente enorme" para todas aquellas inversiones que llegan al Perú y que intentan violar los derechos básicos fundamentales como el libre tránsito.
"Los vecinos de Lima Norte, de Ancón, Puente Piedra, Carabayllo y Comas recibimos la noticia con mucho agrado el día de ayer porque este es un acto de justicia el que se ha determinado ayer por parte del Tribunal Constitucional, nosotros esperábamos una respuesta positiva a este habeas corpus presentada por parte de un vecino puentepedrino, el señor Ramón Pairasamán, quien ha presentado este habeas corpus y ha sido resuelto en favor de los vecinos", dijo.
Samuel Daza afirmó que la sentencia del TC sobre Rutas de Lima deja una valla muy alta para que un juez pueda valorar "estos y otras causales" que han sido fundamentadas en el hábeas corpus".
El alcalde de Ancón destacó que el habeas corpus indica que el peaje de Puente Piedra no ha respetado los derechos al libre tránsito, ya que viniendo del norte del país solo se tiene una ruta alterna.
"No creo que ningún juez en cualquier parte del mundo tenga un argumento para rebatir este argumento sólido que ha sido presentado por los vecinos de Puente Piedra y ha sido ratificado por unanimidad por los tribunos", manifestó.
Además, Samuel Daza indicó que Rutas de Lima tiene que continuar brindando mantenimiento a las vías, a pesar de que el Tribunal Constitucional haya suspendido el peaje en Puente Piedra, pues este cobro se reanudara cuando la concesionaria implemente una vía alterna.
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Sentencia del TC y respuesta de Rutas de Lima
En la víspera el TC declaró fundada en parte la demanda de habeas corpus presentada contra Rutas de Lima SAC y ordenó a esta empresa suspender el cobro del peaje en Puente Piedra, por haberse vulnerado el derecho fundamental al libre tránsito de los residentes de dicho distrito y de los usuarios que circulan por esa vía concesionada.
En la sentencia del Exp. N° 01072-2023-PHC/TC el Tribunal Constitucional ordena que la suspensión del cobro del peaje se hará efectivo hasta que la justicia penal emita los pronunciamientos judiciales correspondientes, "con calidad de firmes, que determinen si el contrato de concesión y sus adendas tuvieron un origen ilícito o no".
Rutas de Lima SAC respondió a la sentencia del Tribunal Constitucional y afirmó que es "arbitraria y vulnera" sus derechos, bajo el contrato de concesión.
A través de un comunicado, precisó que lo resuelto por el TC también sienta un "precedente jurídico nefasto para todos los inversionistas y titulares de concesiones que han apostado por invertir sus recursos en el país, porque genera un "clima de inseguridad jurídica".
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