El derecho de alimentos no solamente es la comida sino también la vestimenta, vivienda, recreación y salud.
La abogada de familia Úrsula Bazán, sostuvo que los hijos mayores de 18 años están en todo el derecho de recibir una pensión por alimentos ya sea por parte del padre o de la madre.
En la secuencia Familia y Justicia, aclaró que los hijos mayores de edad pueden gozar de este beneficio si están estudiando una profesión u oficio con éxito. Asimismo, un hijo mayor de 18 años con alguna discapacidad física o mental que le impida atender su propia subsistencia podrá recibir una pensión por alimentos.
"El derecho de alimentos no solamente es la comida sino también la vestimenta, vivienda, recreación y salud”, manifestó la especialista Úrsula Bazán.
Anotó que de acuerdo al Código Civil la pensión por alimentos se debe otorgar hasta los 28 años de edad mientras el hijo o hija esté estudiando, pero si se trata de un joven con algún tipo de discapacidad física o mental la pensión por alimentos podría ser de por vida. Sin embargo, anotó que si el hijo mayor de 18 años ya está trabajando no le correspondería una pensión por alimentos
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