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MML modificó el 'pico y placa': conoce el nuevo horario, rutas y vehículos incluidos

Gerencia de Transporte Urbano realizó cambios al pico y placa.
Gerencia de Transporte Urbano realizó cambios al pico y placa. | Fuente: Foto: Andina

La Gerencia de Transporte Urbano realizó varias modificaciones como la reducción de la franja horaria y del recorrido del eje vial Javier Prado. Además, incluyó a los vehículos particulares de categoría M2 y excluyó a las unidades que trasladen personas con discapacidad.

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La Gerencia de Transporte Urbano (GTU) de la Municipalidad de Lima dispuso medidas adicionales para el plan de restricción vehicular en vías del área metropolitana conocido como 'pico y placa'. Estas son el ajuste en la franja horaria, la reducción del eje vial Javier Prado, la inclusión de vehículos particulares de categoría M2, así como el tratamiento para las personas con discapacidad leve y moderada.

Una de las principales modificaciones es que el inicio del 'pico y placa' será a las 6:30 de la mañana (media hora más tarde) hasta las 10 de la mañana. Por las tardes el horario de mantiene de 5:00 p.m. a 9:00 p.m.

La GTU también dispuso reducir la extensión del tercer eje vial comprendido en la primera etapa de implementación del 'pico y placa'. El nuevo tramo está conformado por la Av. Javier Prado (desde el Trébol de Javier Prado) - Av. Sánchez Carrión - Av. La Marina (hasta Av. Elmer Faucett). Anteriormente esta ruta iniciaba desde el Óvalo Huarochirí.

También se establecen zonas de interconexión exentas del ámbito de aplicación del 'pico y placa'. De igual modo la ordenanza precisa que las intersecciones viales (incluidos los óvalos) no forman parte de las restricciones y que tampoco se incluyen las vías auxiliares.

Estas son las zonas de interconexión fuera del 'pico y placa':

Zonas de interconexión exentas en el 'pico y placa'.

Zonas de interconexión exentas en el 'pico y placa'.Fuente: Municipalidad de Lima / El Peruano

Otra medida es la incorporación de los vehículos particulares de Categoría M2 (solo carrocerías SUV y MICROBÚS) en las restricciones establecidas. Asimismo, se exime del ámbito de la ordenanza a los vehículos que trasladan personas con discapacidad leve y moderada, debidamente acreditadas e inscritas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

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