Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Hoja de ruta: ¿Cómo resolver los desafíos de nuestro sistema educativo?
EP 242 • 03:09
Reflexiones del evangelio
Miércoles 4 de diciembre | "Jesús llamó a sus discípulos y les dijo: Me da lástima la gente, porque llevan ya tres días conmigo y no tienen qué comer"
EP 836 • 12:15
Entrevistas ADN
Presidente del Poder Judicial: toda persona con problemas judiciales debe ponerse a derecho
EP 1759 • 17:28

¿Qué hacer para que se cumpla el régimen de visitas?

Más detalles del tema con el abogado Chuman en Familia y Justicia
Más detalles del tema con el abogado Chuman en Familia y Justicia | Fuente: RPP

Para el régimen de visitas se establecerán los horarios que se disponga para ver al menor en coordinación con el otro progenitor.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El abogado José Andrés Chuman, recordó que el régimen de visitas es un derecho y un beneficio para el hijo o los hijos cuando los padres han decidido separarse.

En la secuencia Familia y Justicia, sostuvo que si la pareja es casada por civil se deben sentar las bases de lo que sería un arreglo pacífico, a través por ejemplo de un medio conciliatorio.

Chuman, anotó que para el régimen de visitas se establecerán los horarios que se disponga para ver al menor en coordinación con el otro progenitor.

“El régimen de visitas se establece de común acuerdo con el otro progenitor se fijan días y horas en las que se recogerá al niño y a la hora pactada se retornará con él al domicilio donde vive”, manifestó.

El especialista refirió que es importante que el padre que no vivirá con los hijos, ya sea el padre o la madre, se haga cargo de la cuota de alimentos y tener acceso al régimen de visitas para que mantenga contacto e interacción para que el vínculo padre-hijo continúe.

Precisó que a veces hay casos en que el niño no quiere ir con el padre o la madre el día del régimen de visitas y no se le podrá forzar ni sacarlo contra su voluntad.

“Si el régimen de visitas se hace obligatorio se deberá cumplir con el pago de la pensión de alimentos o demostrar la imposibilidad de cumplir la pensión alimentaria, tal como lo establece el artículo 88 del Código del Niño y el Adolescente”, explicó el doctor Chuman en la secuencia Familia y Justicia.

Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA