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Fiscalía pide 28 años de cárcel para los Sánchez Paredes

Sánchez Paredes
Sánchez Paredes | Fuente: Andina

Se ha utilizado como parte de las pruebas el incremento inusual del patrimonio, la dinámica económica, ilicitud de negocios, falta de explicación razonable y vinculación delictiva.

La Primera Fiscalía Superior de Lavado de Activos pidió 28 años de prisión para los Sánchez Paredes y el pago de 100 millones de soles como reparación civil a favor del Estado peruano, informó este miércoles el Ministerio Público.

La acusación fiscal fue presentada ante la Sala Penal Nacional contra Santos Orlando Sánchez Paredes, Segundo Manuel Sánchez Paredes, Fortunato Wilmer Sánchez Paredes, Fidel Ernesto Sánchez Alayo y Jesús Belisario Esteves Ostolaza por el delito de lavado de activos en agravio del Estado.

Pruebas

Se ha utilizado como parte de las pruebas el incremento inusual del patrimonio, la dinámica económica, ilicitud de negocios, falta de explicación razonable y vinculación delictiva, constituyéndose en la columna vertebral de la metodología de la teoría del caso que el Ministerio Público llevará a juicio oral.

El fiscal superior especializado en lavado de activos, Frank Almanza, dentro de los hechos que estructuran su acusación, sostuvo que este se configura como un caso de narcopolítica. Esta figura toma en cuenta el informe de la Comisión del Congreso sobre la influencia del tráfico de drogas en la política.

Narcopolítica

De acuerdo a la descripción de los hechos, tanto Fortunato como Santos Manuel Sánchez Paredes han tenido la condición de altas autoridades municipales de Mollebamba, en la provincia de Santiago de Chuco, La Libertad y en el caso de Belisario Esteves la condición de exministro.

Por lo tanto, agregó, involucra en su forma pura, el tráfico de drogas y corrupción política, y también lavado de activos a través del análisis de figuras como "personas expuestas políticamente", y "lavado de activos en financiamiento político".

Lavado de activos

En la resolución, se ratifica la posición jurídica institucional e internacional de la autonomía del delito de lavado de activos, e incluso en la aplicación de la circunstancia agravante por tráfico ilícito de drogas, donde no se requiere de una sentencia condenatoria, sino una "vinculación delictiva intensa" con actividades generadoras de ganancias para las operaciones de lavado de activos.

Otro punto de la acusación, se basa en el pedido de disolución y decomiso de las siete personas jurídicas que han sido incorporadas al proceso penal, teniendo en cuenta no sólo sus vínculos con los cinco acusados, sino además la utilización de su estructura para la comisión de las operaciones de lavado de activos desde su constitución como tales.

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